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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#4921

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

HOla a todos... tan solo una pregunta de procedimiento. La solicitud de documentacion que sabemos es recomendable hacer antes de empezar la demanda via SAC, sabeis si se puede hacer por email? Lo digo porque he leido que la reclamacion al SAC solo se puede hacer por email si cuentas con un servicio de firma digital que les garantice que tu eres realmente el que manda el email. No se si es el caso tambien para la solicitud de documentacion. Me ecuentro fuera de Espanya y me vendria mucho mejor el metodo del email pero tampoco quiero perder tiempo. Muchas gracias.

#4922

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola Xenigeo te paso este link donde podras ver los porcentajes de juicios ganados y perdidos por entidades,y es de una proporcion tremenda a favor de los demandantes 166 a favor de bancos y 1033 a favor de demandantes,salu2.
http://asuapedefin.com/sentencias-listados/sentencias-preferentes/

#4923

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Pues cambio de opinión, veleta que soy yo, que en la vida hay muy pocas cosas que estén grabadas en piedra, y Septiembre queda ya muy lejos, y el tiempo sirve para ir tomando nota de lo que pasa. A la vista de lo que ha ocurrido con NCG ... Coladero absoluto. Si la caja lo propone es que está "enseñando la patita" y quiere devolver la pasta. A enemigo que huye, puente de plata.

Y más con el "todo a cien" que están montando con las quitas. Si la Subordinada se va al 30%, es absurdo rechazar un arbitraje. Si lo pierdes (peor escenario posible) ... te irás a parar a la quita, y un 30% probablemente ya esté "en el radar" de lo que te puede costar un sarao judicial, lento e incierto (tanto más incierto cuanto más reducida sea la quita).

Arbitraje, sí. Si lo ganas (y si te lo proponen es porque lo ven ganado para ti), te vas con tu dinerito a casa. Y si lo pierdes (harto improbable visto lo visto en NCG) ... te vas con una pérdida aceptable y sin demasiados dolores de cabeza.

#4925

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Vamos que es un "donde dije digo digo Diego" en toda regla,,,

Yo te lo comentaba porque como le decías a Lunado que desconocías quien le aconsejo lo de rechazar el arbitraje,,,,,,

En cualquier caso solo es para los "perpetuos" , así que a muchos de aquí ni nos va ni nos viene el asunto , al que se lo propongan porque no tenga vencimiento que lo estudie......eso cada uno lo verá....

En cuanto a las "quitas" veo que has rebajado muy bastante tus previsiones, ahora hablas de un 30% ,, la horquilla del 80% al 30% es espectacular..... ¿donde dije digo digo Diego?

En cuanto a la lentitud y la incerteza que señalas para el "sarao" judicial , pues no se que decirte sobre la lentitud, pero sobre la incerteza yo creo que cada vez es menos ...Lo que no acabo de entender es la relación entre la incerteza y el tamaño de la quita.

El contrato es el mismo, las leyes son las mismas, las normativas son las mismas y los jueces son los mismos, y quisiera apuntar sobre los jueces que ellos no se inventan , ni modifican ninguna ley , solamente las aplican.......lo digo para no confundir a nadie.....

#4926

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Saludos Pilar,

No hay normativa más allá de "el espíritu de la cosa" que fija el MoU y desarrolla nuestro querido Real Decreto. Es inespecífico. Pero en la medida de lo posible te amplío comentario (en la confianza de que no me falle la memoria):

- El MoU: El MoU dispone explícitamente que "no se inyectarán las ayudas si previamente no se ha procedido al ejercicio de reparto de la carga". De hecho, todo apunta a que si a fecha de hoy todavía no ha llegado ni una sola de las ayudas prometidas, ha sido porque hasta ahora ha faltado el coraje para concretar ese reparto de la carga. En eso estamos. Ahora resulta también que se va a aprovechar la aprobación (o no) de los planes de reestructuración (como están tan pasteleados entre todos ... es bastante evidente que se van a aprobar) para acabar de fijar las quitas y para poder empezar a "inyectar". Pero esa "sincronización" no la imponía el MoU. Para que se empezase a inyectar dinerito fresco, bastaba con que se hubiese procedido a determinar (y ejecutar) el reparto de la carga. Ahora, aprovechando el calendario, se hará todo a la vez: Determinación de reparto de la carga, aprobación de planes y trapasos al Sareb (banco malo). En el orden que quieras. Va a ser simultáneo. Resumo: lo único que impone el MoU es que "si quieres mi dinero, primero vas a tener que imponer quitas a tenedores de deuda júnior-muy-júnior".

- El Real Decreto: Tampoco entra en detalles, pero SÍ marca unas líneas rojas (ahora muy de moda) que no se pueden pisar. En lo relativo a reparto de la carga, establece una muy clara: En ningún caso un tenedor de un determinado tipo de deuda (hablando en plata) podrá sufrir un trato peor que el que sufra otro tenedor de otro tipo de deuda con prelación inferior. Esto es, y por lo publicado ... evidentemente lo van a respetar ya que es ley, un tenedor de subordinada no va a poder salir más escaldado que un tenedor de preferentes (para una misma entidad). En línea con lo que se ha publicado: Si la quita a la preferente ronda el 50% ... pues te puedes hacer "una cierta idea" de por dónde andará la quita a la subordinada. No me extrañaría verla rondando el 30% ... pero vete tú a saber. En teoría, lo deberán aclarar el mismo día 28 (qué bien!! ya sin elecciones ... son unos fieras!)

Y otra línea roja: En ningún caso un tenedor de deuda podrá soportar un reparto que signifique un trato peor que el que sufriría si la entidad fuese liquidada concursalmente. Esto es, si en un hipotético ejercicio de liquidación de CX a ti te tocase -respetando la prelación y después de que todos los acreedores sénior hubiesen cobrado el 100%-, prosigo, te tocase un 60% ... No podría venir el FROB a decirte "pues te impongo una quita del 70%". Si por liquidación pudieses recuperar 60 de cada 100 que invertiste, no podría venirte el FROB a decirte "yo sólo te voy a dar 30". Prohibido. El RD establece esta "cautela" protectora ... Otra cosa distinta es que, en general, cuando un banco se liquida es que las cosas están tan mal y el agujero es tan inmenso que generalmente no queda nada para los acreedores júnior ... y eso convierte a esa cláusula en algo bastante irrelevante, la verdad.

Y no hay más. No hay ninguna norma que dictamine "los acreedores júnior tendrán que pechar con un 45% de reparto ...". No. Eso es simplemente fruto de negociación entre el FROB (o el ministerio, llámale como quieras) y quien pone la pasta ... esto es, Bruselas. Ahí no hay nada escrito. En Irlanda le atizaron un 95% a las preferentes y aquí parece que se darán por satisfechos con un 50% (ojo a la reacción de los irlandeses, que puede que no se lo tomen demasiado bien). A la subordinada le atizaron un 80 - 60% (según casos y según tipo de canje -papelitos, cash-) y aquí, con un poquillo de suerte ... igual la cosa queda en el entorno del 30%. No hay normas. Hay negociación case-by-case respetando ciertas líneas rojas muy genéricas, eso es todo.

El caso de CX es todavía intrigante ... Con Bankia lo tienen más o menos fácil: Ofrecen acciones (capital Tier1, de máxima calidad para la entidad), y "allá te apañes ... si no las quieres ... te las vendes ... que alguien te las comprará (habrá que ver a qué precio tras la mega-dilución que va a suponer la puesta en circulación de algo así como 3.000 millones de euros de nuevas acciones ... algo bastante parecido a doblar la capitalización)". Con CX, en cambio, NO tenemos acciones. No cotiza. Algo habrá que ofrecer a cambio, evidentemente ... pero es que Bruselas no es nada-amiga de ofrecer "cash" como canje, ya que eso no es ni Tier1 ni ná-de-ná. En Irlanda, si ofrecían cash ... penalizaban. Para la subordinada de Irish Bank (si no recuerdo mal) ofrecieron algo parecido a "40 en papelitos ... o 20 en dinerito contante y sonante, Ud. decide". Supongo que aquí vendrán con algún tipo de bono o con dinero a un tipo de canje penalizado. Pero eso es solo una suposición. El día 28 os sacan, en principio, de dudas.

Visto con la perspectiva que empieza a dar el tiempo, todo responde a un clásico ejercicio de "asusta con lo peor y verás cómo de contentos van a estar con un atraco menor. Al final ... hasta te aplaudirán si les quitas un 30%". Filtraciones desde la prensa apuntando a quitas del 80% ... y al final lo dejan en un 50% ... y más contentos que un perro con dos colas.

La verdad es que, visto lo visto, si a mí me hubiesen pillado y viese una puerta de salida con una taquilla "pague 30 y le dejamos salir" ... probablemente aceptaría. Pero eso es muy personal. Cada uno sabrá lo que más le conviene y cuáles son sus condicionantes en particular. Cada caso es un mundo.

Saludos

#4927

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

La verdad es que cada día hay noticias nuevas, y la verdad ( y de eso se aprovechan ) es que hay muchísima gente que NO sabe aún que es lo que tiene en la caja. Se han callado deliberadamente. Porque en el tan famoso nuevo decreto no han obligado a las cajas a comunicar a sus clientes que tienen estos productos??? Bueno, la respuesta es bien sencilla, NO LES INTERESA, ya que todo el mundo no será "educado". El jueves pasado estuve en una charla de Estafa Banca, y realmente me dio una pena horrible cuando me enteré que uno de los señores que apoyaban a este grupo falleció de un infarto¡¡¡.

#4928

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Ah, ¿pues al final va a resultar que era eso que yo decía desde el principio....? Metemos miedo, miedo , confusión, mierda y al final cuando le digamos que solo le vamos a "quitar" un 30% seguro que estarán contentos...... y para eso hemos estado 600 paginas de un foro escribiendo , preguntando , quejándonos y relatando y al final no tienen los COJONES de hacer lo que tanto dicen algunos que podían hacer,,,,y todo eso para al final aceptar un "canje".... pues como tu dices cada caso es un mundo, pero a mi no me quitaran nada,,, ya lo veréis....

Donde dije digo sigo diciendo digo....esto es solo una muestra.....de lo que un menda decia el 17 de Julio ......en el maximo apogeo .....y matizo que ni eso que pronosticaba en Julio creo que harán que sera todavia menos y que es muy posible que con algunas emisiones no hagan na de na ,,,,

https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/146763-deuda-subordinada-caixa-catalunya?page=78#respuesta_1379819

"Creo que toda esta basura informativa ,, todo este caos , no es normal que cada 5 minutos tengamos noticias nuevas ,, toda esta basura es para meternos miedo , que veamos que es lo que podrían hacer , y cuando nos ofrezcan , yo apuesto desde ya a que nos ofrecerán una parte del nominal en acciones , nos conformemos y pensemos que esto podría haber sido mucho peor ,,,, eso es lo que han hecho los espabilados de Caixabank, y eso es lo que desde ya pienso yo que harán con todo el resto. "

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