Saludos Pilar,
No hay normativa más allá de "el espíritu de la cosa" que fija el MoU y desarrolla nuestro querido Real Decreto. Es inespecífico. Pero en la medida de lo posible te amplío comentario (en la confianza de que no me falle la memoria):
- El MoU: El MoU dispone explícitamente que "no se inyectarán las ayudas si previamente no se ha procedido al ejercicio de reparto de la carga". De hecho, todo apunta a que si a fecha de hoy todavía no ha llegado ni una sola de las ayudas prometidas, ha sido porque hasta ahora ha faltado el coraje para concretar ese reparto de la carga. En eso estamos. Ahora resulta también que se va a aprovechar la aprobación (o no) de los planes de reestructuración (como están tan pasteleados entre todos ... es bastante evidente que se van a aprobar) para acabar de fijar las quitas y para poder empezar a "inyectar". Pero esa "sincronización" no la imponía el MoU. Para que se empezase a inyectar dinerito fresco, bastaba con que se hubiese procedido a determinar (y ejecutar) el reparto de la carga. Ahora, aprovechando el calendario, se hará todo a la vez: Determinación de reparto de la carga, aprobación de planes y trapasos al Sareb (banco malo). En el orden que quieras. Va a ser simultáneo. Resumo: lo único que impone el MoU es que "si quieres mi dinero, primero vas a tener que imponer quitas a tenedores de deuda júnior-muy-júnior".
- El Real Decreto: Tampoco entra en detalles, pero SÍ marca unas líneas rojas (ahora muy de moda) que no se pueden pisar. En lo relativo a reparto de la carga, establece una muy clara: En ningún caso un tenedor de un determinado tipo de deuda (hablando en plata) podrá sufrir un trato peor que el que sufra otro tenedor de otro tipo de deuda con prelación inferior. Esto es, y por lo publicado ... evidentemente lo van a respetar ya que es ley, un tenedor de subordinada no va a poder salir más escaldado que un tenedor de preferentes (para una misma entidad). En línea con lo que se ha publicado: Si la quita a la preferente ronda el 50% ... pues te puedes hacer "una cierta idea" de por dónde andará la quita a la subordinada. No me extrañaría verla rondando el 30% ... pero vete tú a saber. En teoría, lo deberán aclarar el mismo día 28 (qué bien!! ya sin elecciones ... son unos fieras!)
Y otra línea roja: En ningún caso un tenedor de deuda podrá soportar un reparto que signifique un trato peor que el que sufriría si la entidad fuese liquidada concursalmente. Esto es, si en un hipotético ejercicio de liquidación de CX a ti te tocase -respetando la prelación y después de que todos los acreedores sénior hubiesen cobrado el 100%-, prosigo, te tocase un 60% ... No podría venir el FROB a decirte "pues te impongo una quita del 70%". Si por liquidación pudieses recuperar 60 de cada 100 que invertiste, no podría venirte el FROB a decirte "yo sólo te voy a dar 30". Prohibido. El RD establece esta "cautela" protectora ... Otra cosa distinta es que, en general, cuando un banco se liquida es que las cosas están tan mal y el agujero es tan inmenso que generalmente no queda nada para los acreedores júnior ... y eso convierte a esa cláusula en algo bastante irrelevante, la verdad.
Y no hay más. No hay ninguna norma que dictamine "los acreedores júnior tendrán que pechar con un 45% de reparto ...". No. Eso es simplemente fruto de negociación entre el FROB (o el ministerio, llámale como quieras) y quien pone la pasta ... esto es, Bruselas. Ahí no hay nada escrito. En Irlanda le atizaron un 95% a las preferentes y aquí parece que se darán por satisfechos con un 50% (ojo a la reacción de los irlandeses, que puede que no se lo tomen demasiado bien). A la subordinada le atizaron un 80 - 60% (según casos y según tipo de canje -papelitos, cash-) y aquí, con un poquillo de suerte ... igual la cosa queda en el entorno del 30%. No hay normas. Hay negociación case-by-case respetando ciertas líneas rojas muy genéricas, eso es todo.
El caso de CX es todavía intrigante ... Con Bankia lo tienen más o menos fácil: Ofrecen acciones (capital Tier1, de máxima calidad para la entidad), y "allá te apañes ... si no las quieres ... te las vendes ... que alguien te las comprará (habrá que ver a qué precio tras la mega-dilución que va a suponer la puesta en circulación de algo así como 3.000 millones de euros de nuevas acciones ... algo bastante parecido a doblar la capitalización)". Con CX, en cambio, NO tenemos acciones. No cotiza. Algo habrá que ofrecer a cambio, evidentemente ... pero es que Bruselas no es nada-amiga de ofrecer "cash" como canje, ya que eso no es ni Tier1 ni ná-de-ná. En Irlanda, si ofrecían cash ... penalizaban. Para la subordinada de Irish Bank (si no recuerdo mal) ofrecieron algo parecido a "40 en papelitos ... o 20 en dinerito contante y sonante, Ud. decide". Supongo que aquí vendrán con algún tipo de bono o con dinero a un tipo de canje penalizado. Pero eso es solo una suposición. El día 28 os sacan, en principio, de dudas.
Visto con la perspectiva que empieza a dar el tiempo, todo responde a un clásico ejercicio de "asusta con lo peor y verás cómo de contentos van a estar con un atraco menor. Al final ... hasta te aplaudirán si les quitas un 30%". Filtraciones desde la prensa apuntando a quitas del 80% ... y al final lo dejan en un 50% ... y más contentos que un perro con dos colas.
La verdad es que, visto lo visto, si a mí me hubiesen pillado y viese una puerta de salida con una taquilla "pague 30 y le dejamos salir" ... probablemente aceptaría. Pero eso es muy personal. Cada uno sabrá lo que más le conviene y cuáles son sus condicionantes en particular. Cada caso es un mundo.
Saludos