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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#4873

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola Petersen,

Me gustaría y te agradecería que me dieses tu opinión a una cuestión que tengo. Todos hablamos de la reclamación al Cnmv. Pero que pasa si uno no se reconoce como inversor minorista, solo un simple ahorrador y como se demuestra en los test de muchos afectados, se han comercializado como productos sin riesgos y con un conocimiento básico. También en la suscripción lo califica de prudente. Se dan el caso de que tampoco tienen firmado la declaración de Minorista e incluso copias sin firmar de la cartera de Valores, aunque después les hayan aparecido por arte de magia firmados. ¿No sería más adecuado presentar la queja al Banco de España?

Saludos.

#4874

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Buenas tardes, Una duda Petersen. Afectarà esto de pasar a ser fundación a todo el tema de reclamaciones y demandas en algo? Pueden decir q ya no son Catalunya Caixa? Gracias, Lucía

#4875

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Yo creo que no, pero esta pregunta mejor rebus sic stantibus, consumerista o abogadode provincias .... es algo muy técnico y de leyes, ahí yo "no llego".

#4876

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Minorista es todo quien no es profesional o contraparte elegible. Un "ipeefero" como diría Jtorres es también un minorista.

La declaración de minorista no se firma, es la calificación que de ti hace el banco, te manda una carta y si no te opones se supone que eres minorista, y nadie se va a oponer para que le ponga un nivel mas alto, mas bajo imposible porque no existe.

¿Queja al Banco de España? Seguro que "lo rebotan" a la CNMV, porque estos dos organismos reguladores tienen repartidas sus funciones, lo que son valores a la CNMV, las cuentas, préstamos, etc. al Banco de España ... en los swaps depende, si el derivado financiero está vinculado a una hipoteca al Banco de España, al entender que es una parte inseparable del contrato hipotecario, si es por un importe distinto a dicha hipoteca, a la CNMV porque se supone que no es parte ...

#4877

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Ayer, después del Consejo de Ministros, De Guindos dijo:

"En los próximos días, el día 28 de noviembre, me parece que es exactamente la fecha en la cual se concreta, se van a aprobar por parte de la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea los planes de restructuración de las diferentes entidades nacionalizadas, fundamentalmente,.......ahí se definirán de acuerdo con las normas de la competencia, esto no tiene absolutamente nada que ver con la ???? capital, son las normas de competencia, se definirá de acuerdo con las normativas de ayuda al estado, más especificamente, lo que es la reducción de la capacidad que tienen que llevar a cabo, en segundo lugar, también, lo que se denomina la distribución de la carga, en la cual existe una normativa y en la que se aplicará la normativa especifica y luego en tercer lugar el volumen de activos que se pasarán al banco malo...........".

¿Alguien sabe cómo buscar la norma que regula la distribución de la carga?

http://ec.europa.eu/competition/publications/state_aid/national_courts_booklet_es.pdf

???= no le he entendido

#4878

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

En la comunicación de categoria en la que te asignan el perfil ,,si que es necesario firmar y no solo el cliente , la entidad tambien debe hacerlo.....

Por cierto hoy la CNMV ha enviado otra carta las entidades bancarias para a partir de ahora obligar a las entidades financieras a que entreguen a los clientes una copia del test de conveniencia o idoneidad en el momento en que sea realizado..... eso es reconocer de una forma muy light que no esta bien hacerle test a la gente sin que esta lo sepa.....

http://www.cincodias.com/articulo/mercados/cnmv-pone-coto-venta-masiva-productos-financieros/20121116cdscdsmer_11/

"Entre las nuevas obligaciones destaca la necesidad de proporcionar por escrito al cliente del asesoramiento financiero una descripción clara de cómo se ajustan a sus objetivos y perfil cada una de las recomendaciones de inversión que se le hagan y que éste deberá firmar. En el caso de la evaluación de la conveniencia, para otros servicios diferentes al asesoramiento, se deberá asimismo entregar al cliente una copia del documento que recoja la evaluación realizada y que deberá ser firmada."

#4879

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Saludos Lunado

Pero por favor ¿a quien le puede entrar en la cabeza que pudieran hacer algo así? Ya no soy Catalunya Caixa ,,se siente.....

Que intenten tratarnos como "becerros" no quiere decir que lo puedan hacer,,,,,

Eso solo afecta a la "obra social" tras dejar de ser una caja , no tienen ningún efecto sobre los "asuntillos" que muchos tenemos con ellos....

A nosotros lo que nos interesa es "Catalunya Banc".. a pesar de que a muchos os cueste creerlo tenemos unos derechos y hay unas leyes que estos mamarrachos no se pueden saltar como si esto fuera un patio de un colegio.

Tampoco me extraña que algunos lo penséis después de repasar algunos comentarios vertidos sin ningún fundamento en este foro que solo han servido para meter miedo , confundir , enredar y desmoralizar....

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