En referencia al mensaje de Tigrys,
Coincido plenamente con lo que te han explicado ya los foreros Ff_pp_ y mmareaserena.
Un familiar directo mio esta afectada por Deuda Subordinada de Caixa Catalunya tanto en la 6ª emision con vto. Mayo 2015 como en la 8ª emision vto. Diciembre 2018 y despues de investigar desde hace pocos dias el tema puedo asegurarte que ya me gustaria que lo que te comunico tu gestor de CX fuese cierto pero la realidad es que, al menos de momento, lo que se esta aplicando es una quieta del 1,5% desde fecha 01.12.2012 hasta el vencimiento.
Asi pues en la 3ª emision que vencia el 01.01.2013 aplicaron una quita del 1,5% sin dar ninguna explicación, como puedes ver por la comunicacion del FROB al respecto que te acompaño a continuación, concretamente en el apartado de acuerdos de su pagina 4.
http://www.frob.es/notas/20121219_RESOLUCION_CX.pdf
(Fuente: Pagina WEB del Frob, www.frob.es, apartado; notas informativas, nota año 2012 de fecha 19.12.2012)
Similarmente en la 4ª emision que tenia como vencimiento 28.02.2013 se aplico una quita como ya te han indicado del 4,5%, pero en esta ocasion si que mencionan que este calculo del 4,5% se ha hecho basandose en una quita del 1,5% mensual desde el 01.12.2012 que dicen sin indicar el numero de meses ( que aunque no lo mencionen evidentemente son 3). Puedes verlo en la comunicacion del FROB siguiente, apartado acuerdos de la pagina 5.
http://www.frob.es/notas/20130207_RESOLUCION_CRFROB.pdf
(Fuente: Pagina WEB del Frob, www.frob.es, apartado; notas informativas, nota año 2013 de fecha 08.02.2013).
Lo que no entiendo en absoluto y creo que se debe a un "mal redactado" del comunicado es como pueden indicar que la quita por productos ( no por acciones) tiene una media del 15% en Catalunya Caixa cuando cualquiera puede ver que por ejemplo en la 6ª emision con vencimiento 19 de Mayo 2015, calculando 29 meses el porcentaje de 29 x 1,5 = 43,5% y en la 8ª emision de vencimiento 19.12.2018, calculando 72 meses el porcentaje de 72 x 1,5% = 108%, si la 7ª emision es con vto. año 2020 no entiendo en absoluto como calculan la media del 15% de quita. ( dispongo de "TODAS" las emisiones con fechas de emision, vencimiento, capital emitido, etc... y sigo sin encontrar como lo han calculado).
Desafortunadamente la mayoria de la prensa y los medios solo se han quedado con lo facil que es con ese 15% medio de quita que indica el comunicado del viernes 22 de Marzo del FROB, pero si haces los numeros tal y como te indica el comunicado a la vista esta que no coincide en nada, asi que, siempre en mi opinion, podemos plantearnos dos hipotesis:
1ª El comunicado es, siendo amable con el redactor y el FROB, al menos "confuso", pero la pregunta es si esa falta de rigor en expresar el tema concretamente no esta perfectamente estudiada para ir dando las malas noticias a los afectados poco a poco y dejar que el tema se vaya diluyendo. La fecha y hora de emision del comunicado, coincidiendo con el tema de chipre, un viernes por la tarde, con la bolsa cerrada para que no afectase a cotizaciones bancarias, prima de riesgo española, etc... dejando todo un fin de semana y luego la semana santa para que la gente se vaya haciendo a la idea, etc... en mi modesta opinion indica mucho de como se esta manejando este tema por parte de las autoridades, solo hay que ver que hoy dia 27 de Marzo, 5 dias despues del comunicado, todavia estamos hablando de esto y nadie, ni el FROB, ni Caixa Catalunya, ni el Gobierno, ni la prensa, saben todavia como se calcula nada, ni cuanto son las quitas, ni nada de nada...y por lo que parece hasta mediados de Abril no sabremos nada concreto.
2ª Hay un limite en los meses, años, etc.. en los que aplican el 1,5% mensual.
Mi opinion es que no sera asi, pero ahora todos nos agarrariamos a un clavo ardiendo, asi que como la esperanza es lo ultimo que se pierde, ojala este equivocado y sea esta la realidad.
Ademas por lo que he podido averiguar despues de investigar un poco todo esto esta basado en un informe ( desconozco el termino juridico exacto; resolucion, informe, directiva, acuerdo) de la Comision Europea de fecha 28.11.2012 que tiene como Asunto (Subject en ingles):
State Aid nº SA 33735 (2012/N)- Spain
Reestructuring of Catalunya Banc S.A.
Enlace a texto completo de la resolución ( en ingles) :
http://ec.europa.eu/competition/state_aid/cases/244292/244292_1400504_213_2.pdf
(Recomiendo lea el apartado 3.2 de la pag. 16 y el Anexo 6 de la pagina 49 que trata de los poseedores de preferentes, subordinadas y subordinadas con vencimiento de esta entidad, donde ya insinua el procedimiento que ahora esta siguiendo el FROB, aunque indica solo porcentajes aproximados de entre 0 y 5% para las quitas mensuales hasta vencimiento).
Parece que el tema incluso en Bruselas ha causado un cierto revuelo como puede apreciarse por la pregunta que un Europarlamentario Español hizo a la comision el 30.01.2013 sobre el "Curioso" retraso en la publicación que habian tenido estos acuerdos del 28.11.2012 que no se publicaron en el boletin oficial hasta el 14.03.2013 y que hacian que los poseedores de este tipo de productos estuvieran en clara desventaja ya que no conocian los acuerdos que "SI" sabian los altos estamentos de estos bancos, el gobierno de España, y la Comision Europea, como participes en los mismos.
Adjunto enlace a la pregunta en Ingles:
http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+WQ+P-2013-000947+0+DOC+XML+V0//EN
Para verla en castellano es el siguiente enlace, pero creo que se tendra que presionar en el dibujo de Word a la derecha y bajarsela al ordenador
http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+WQ+P-2013-000947+0+NOT+XML+V0//ES
Para los que les sea dificil poder verlo adunto el texto "integro" de la pregunta por si les puede ser de utilidad en "arbitrajes" o posibles "demandas", recomiendo darselo a vuestros abogados o asesores y que ellos lo valoren:
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Pregunta con solicitud de respuesta escrita P-000947/2013
a la Comisión
Artículo 117 del Reglamento
Andres Perello Rodriguez (S&D)
Asunto: Aprobación de los planes de reestructuración y capitalización de entidades bancarias españolas e información a los titulares de participaciones preferentes
El pasado 28 de noviembre de 2012, se dictaron cuatro resoluciones por la Dirección General de Competencia en materia de ayudas públicas: SA 35253, SA 34053, SA 33735 y SA 33734, correspondientes respectivamente a la aprobación de los planes de reestructuración y capitalización del grupo BFA, del Banco de Valencia, S.A, de Catalunya Banc, S.A. y de NovaCaixaGalicia, indicándose que, en breve plazo, se publicaría la versión «no confidencial» de las mismas.
Estas resoluciones no solo afectaban al Estado y a las entidades de crédito, sino que —de acuerdo con las noticias de prensa que han sido publicadas desde entonces— parece que incluyen efectos directos respecto a los titulares de valores y deuda emitida por las entidades de crédito en cuestión.
Transcurridos dos meses, no se ha producido la publicación, lo que determina una situación en la que tanto la Comisión como el Gobierno de España y las entidades de crédito interesadas conocen el contenido de los planes aprobados, mientras que los afectados accionistas, titulares de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas, carecen de cualquier tipo de información.
Ello genera una situación de asimetría de información relevante y menoscaba las posibilidades de decisión y defensa de muchos pequeños ahorradores españoles, atrapados en la desastrosa situación generada por los comportamientos de algunos altos directivos de entidades de crédito.
Además, el retraso anormal en la publicación de las resoluciones impide el ejercicio del derecho de los ciudadanos europeos a acceder a los documentos de la Comisión, reconocido por el artículo 15 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y regulado por el Reglamento (CE) nº 1049/2001.
¿Cuáles son los motivos del retraso en la publicación de estas resoluciones? ¿Cuándo se procederá a la misma, evitando la continuidad de esta situación, que coloca a los afectados en una posición de verdadera indefensión?
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Hasta la fecha no he podido averiguar si la "comision" ha contestado ya o no, pero os aseguro que me "encantaria" conocer la respuesta.
Saludos y suerte a todos, que creo que la vamos a necesitar.
Indefension