Re: Declaración de cuentas en el extranjero, modelo DD1.
Kaixo, Bizkaitarra
Me había olvidado de este hilo. Releyéndolo, creo que ha habido un malentendido: si miras los mensajes anteriores, aparte del DD1, se comentó también lo de la obligación de declarar las cuentas en el extranjero de cara a la Agencia Tributaria(la nueva ley antifraude), que finalmente ha cristalizado en el modelo 720, y era a lo que me refería en relación a mi consulta a la hacienda guipuzcoana. Era un tema que en aquel momento había salido en todos los medios de comunicación, a bombo y platillo, y yo, que tengo muy poca idea de temas fiscales, pregunté en Ogasuna a un "técnico", si al residir en Euskadi y tener competencia propias en materia tributaria, esa ley me obliga. No sé donde he leído también que la Agencia Tributaria no tiene competencias en Euskadi, pero como delegaciones si tiene, pues llamo para aclarar dudas, y no me resuelven ninguna.
En mi caso concreto, por los datos que han salido (https://www.rankia.com/blog/impuestos/1663372-obligacion-declarar-cuentas-bienes-extranjero-traves-modelo-720) no tengo que hacerla, pero como parece una ley que parece hecha a toda prisa e intencionalmente confusa(por ejemplo, se considerarían entidades residentes en el extranjero ING,Deutsche Bank o Barclays http://www.fundspeople.com/noticias/las-nuevas-obligaciones-de-informacion-y-las-iic-situadas-en-el-extranjero-79327) y las sanciones son de órdago, mejor estar seguro.
Y a día de hoy, no estoy seguro de nada.
Un saludo