Para mi la tuya es la situación más complicada.
En principio el canje no puede ser condicionado, quiere decirse que no puedes poner "con reserva de acciones legales" "a resulta del procedimiento judicial que se sigue en el Juzgado de 1ª Instancia X de X" o cualquier otra cosa parecida. Si pusieras eso te denegarían el canje y punto, sería como si no fueras al canje.
Por lo que para aceptar el canje primero tendrías que desistir de tu procedimiento. Puedes hacerlo mediante una transacción para que además no te condenen en costas si la parte contraria ya ha contestado la demanda.
Lo bueno es que si ganas te daría igual que canjees o no canjees, por lo que no tendrías (no puedes) que canjear. Supongo que la demanda es por nulidad de contrato por vicio de consentimiento, por lo que las preferentes se las quedará la entidad y a ti te devolverán el dinero (o lo que diga el fallo). Lo malo es que si pierdes lo pierdes todo encadenado: te colocaron las preferentes, después tienes que pagar las costas del juicio, finalmente te encuentras que la sentencia es posterior a la fecha del canje y no puedes acudir a él, con lo que quedas en manos del FROB que te aplicará lo que decida a todos los que no canjeen (con independencia de que hayas demandado o no), porque demanda por las condiciones o la quita que apliquen parece que va a ser imposible porque la han blindado.
Finalmente puedes ir al canje sin decir ni mu (ni en el banco al pedir el canje ni en el juzgado para que no se enteren que has dispuesto de las preferentes y como tu dices eso sea una prueba de que reconoces la propiedad, por lo que incrementas las probabilidades de perder) y después ganar el pleito. Aquí si que te habrías metido de nuevo en otro follón, porque para cumplir la sentencia tendrías que entregar los títulos y eso no sería posible porque no los tienes.
De todos modos, si el banco funciona bien, y los tienes depositados en el mismo donde compraste (lo normal) te deberían haber bloqueado los títulos al recibir la demanda, por ser una propiedad litigiosa.
Pero, desde luego, en mi opinión, hay que ir a tu abogado y pedirle que te haga un dictámen sobre la situación asumiendo su responsabilidad en cuanto a lo que indique en dicho dictamen.
Es que lo que a mi me asombra es la cantidad de afectados que no pidieron suficiente información (o no se la dieron) cuando contrataron las preferentes, y eso que había un tocho de folleto de por lo menos 100 páginas, y ahora van al abogado (que tiene más o menos el mismo peligro que el del banco) y vuelven a caer en la misma de no pedir la suficiente información y compromiso escrito de cuáles son las consecuencias de cada uno de las decisiones a tomar.