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Subordinadas caja duero

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Subordinadas caja duero
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#1617

Re: Subordinadas caja duero

El jurídico de ceiss tratara de demostrar que eras inversor. Si descubren que en 2006-2013 has metido en fondos de renta variable, acciones o similares te crujen. Eres inversor.
Y te creo, pueden decir al juez que saben de movimientos a otras cuentas y el juez pedir al banco destinó tus "inversiones". Si sin depósitos genial. Si son fondos no garantizados despídete.
Por eso no es tan evidente saber si eres o no perfil conservador.
Y mucha gente ha picado en 10 años con fondos de renta variable....

#1618

Re: Subordinadas caja duero

Chemam, está muy bien que hayas sacado el tema pero a mí me parece que, incluso aunque la otra parte pudiera llegar a demostrar que has suscrito acciones o fondos de renta variable, ello, en primer lugar, no quiere decir que se tenga perfil inversor: ¿Es que por haber suscrito algunas Matildes o acciones de Telefónica ya eres un broker? y, en segundo lugar, ello no eximía a Caja España/Duero de haber informado suficientemente a sus clientes a la hora de suscribir las preferentes/subordinadas, es decir, no hay ninguna norma jurídica que diga que no hay que informar detalladamente a los clientes de los Bancos y Cajas que van a suscribir un producto por el hecho de que en alguna ocasión ya hubiesen invertido en acciones o fondos de renta variable. Saludos.

#1619

Re: Subordinadas caja duero

Para mí está muy claro lo siguiente:

1) Más que un estafa es un claro ROBO a los clientes, ya que, a pesar de ser productos regulados y supervisados por organismos como CNMV, Banco de España, Junta de Castilla y León, han cambiado, creado y modificado la normativa CON RETROACTIVIDAD para que puedan robar a sus clientes. En las estafas de los pagarés o los sellos, no hízo falta cambiar las leyes porque no esran productos supervisados por organismos que han cobrado mucho dinero cada vez que una entidad lanzaba una emisión. Además de un robo al 100% de los clientes, tambien es un estafa a un 90% que les dijeron que era como un plazo fijo sin riesgo.
2) En este robo, sobre todo en las obligaciones, que difieren mucho de las preferentes, lo han contratado todo tipo de personas: desde personas con pocos estudios hasta jueces, notarios, abogados, economistas, banqueros, bancarios con mucha experiencia financiera,.. porque cuando firmaron los contratos el único riesgo es el de liquidación total del banco o caja y contaban con que el estado no lo permitiría como hízo con Banesto. Las obligaciones estaban garantizadas con todo el patrimonio de la entidad, tanto capital como intereses hasta su venciemiento. Está claro que en 2012 y 2013 canmbiaron las leyes para poder robar legalmente a los clientes y salvarse los culpables.
3) Aún no se ha castigado a los responsables, ni siquiera por aquellas sentencias en las que el juez está sentenciando que ha sido una estafa del banco, donde sólo le condena a devolver el dinero que han robado a un cliente. ¿No creeis que tambien hay que castigar a quienes se lo vendieron estafando?. Los jueces deben ser más valientes y justos.
4) En el caso de CEISS, si siguen con esta oferta, está claro que para los que compraron en la suscripción y no a unos precios inferiores en el mercado secundario, les supondría una recuperación aproximada del 20% en obligaciones y dentro de unos años y si las cosas ván muy bien. Personalmente creo que la pérdida sería aún mayor.
5) Dá igual el perfil del inversor y los jueces tienen que aprender mucho. Un inversor puede tener en su cartera muchos productos, pero puede diversificarlos, de forma que tenga productos con riesgo como acciones, swap, IRS, opciones, futuros,... pero tambien productos con menos riesgo como plazos fijos, fondos de inversión garantizados o renta fija como las obligaciones subordinadas. Éste último producto es de renta fija y hay que explicárselo de una vez a la sociedad y a los jueces, que son productos con un riesgo mínimo y que el riesgo en el caso de CEISS no se ha cumplido. Por eso tambien se está malmetiendo para confundir a la sociedad y a los jueces.

Han subido las tasas judiciales, han presionado para que los clientes sientan verguenza como inversores, se está confundiendo a la sociedad y se quieren estafar a los clientes obligándoles a que acepten otros productos aún peores en la oferta de Unicaja, encima los actuales dirigentes y sus mamporreros siguen en sus puestos, aunque algunos imputados por otros presuuntos delitos,...
Yo no tengo ninguno de estos productos aunque perfectamente podría tenerlo, pero sí lo tiene un familiar y desde luego que prefiere ir a la oficina a "quemar" su dinero que dejárselo robar por unos impresentables.

Lo siento, tenía que decirlo....

#1620

Re: Subordinadas caja duero

el soleador, con la conversión en bonos Unicaja no hay garantía de recuperar nada, ni siquiera el 5% de lo que se pagó por preferentes o subordinadas, solo hay "esperanzas" de que se podría obtener algo más que conservando los bonos Ceiss.Por lo demás, chapeau para tu comentario.

#1621

Re: Subordinadas caja duero

As, te agradecería tengas la amabilidad de contestarme a la siguiente duda.
En marzo de 2012 le mandé un fax al director de la sucursal de Caja España en la que están depositadas las obligaciones subordinadas pidiéndole que procediese a venderlas tan pronto como pudiese y sin limitación de precio (conservo copia del fax); el director de la sucursal ni las vendió ni me contestó.
Creo que las obligaciones subordinadas de Caja España se negociaban en el mercado secundario de renta fija denominado AIAF y mis dudas son:
1ª ¿El director de la sucursal debería haber vendido necesariamente mis subordinadas al igual que cuando p.ej: se le pide que venda las acciones de una sociedad que cotiza en Bolsa o, por el contrario, podría decirme que no encontró comprador?.
2ª.¿El precio de venta es el precio del día o de los días siguientes a aquel en que se dio la orden de venta como sucede en Bolsa o por el contrario, en el mercado AIAF solo hay cotización durante unos pocos días al año?. Lo digo porq

#1622

Re: Subordinadas caja duero

(Sigue del mensaje anterior)... Lo digo porque, cuando accedía a través de internet, a mis cuentas de Caja España me ponía la cotización de las obligaciones subordinadas y la misma solo cambió dos veces durante el año 2011 (el 17 de mayo al 89,43% y el 13 de octubre al 89,49%) como si solo hubiese habido esas dos cotizaciones a lo largo del año. Por tanto, cuando mandé el fax al director de la sucursal mis obligaciones cotizaban al 89,49% por lo que la pérdida no era mucha.Sin embargo, la siguiente cotización que salió en mis cuentas fue la de 7 de mayo de 2012 donde ya el valor de mis subordinadas había caído al 56,13%.
En conclusión, las dos cuestiones son:
1ª ¿Pueden decirme los de Caja España que no encontraron comprador para las subordinadas o necesariamente tuvieron que encontrarlo en el mercado AIAF?.
2ª ¿El precio debía ser el de los días posteriores a la orden de venta o el de la cotización siguiente a mi petición que parece ser la del 7 de mayo de 2012?.
Todo ello porque estoy pensando en la posibilidad de que mi demanda incluyese como petición principal la basada en la falta de información de Caja España pero también una petición subsidiaria derivada de no haber atendido mi orden de venta de las subordinadas.
Muchas gracias.

#1623

Re: Subordinadas caja duero

Creo que debes ir a un contrato que hayas firmado del tipo de "Gestión y custodia de valores".
Porque aquí hay dos relaciones:
a) El mercado (Como tu llamas AIAF, y más concretamente para las emisiones de Caja España el SEND).
b) La relación cliente-entidad.
Respecto del mercado, en el SEND se han cotizado las emisiones de Caja España en marzo del 2012 y si la orden que tu indicas es una "a mercado" no debería haber existido problema en la venta de tus obligaciones, ya que en esa fecha se cruzaban operaciones.
No sé concretamente qué emisión es la tuya (para una mejor identificación hay que dar el ISIN de la emisión), pero si que se tenían que haber vendido.
Pero respecto de la relación cliente-entidad hay que acudir al contrato, que define la "Política de ejecución de órdenes" y dónde figura cómo se deben atender las órdenes. Si allí te indican que solo son válidas las órdenes por escrito cursadas en la oficina de la entidad (por ejemplo) pues podrían alegar que tu orden por fax no es válida. Si ponen cualquier otra cosa (son válidas las órdenes por cualquier medio del que quede constancia, por ejemplo) pues sería solo un tema de la constancia de la recepción del fax.
Los precios de venta son los que se van fijando en cada momento. No hay que confundir con los precios de cierre que son los que normalmente se publican. El SEND funciona todos los días hábiles bursátiles del año, lo que no quiere decir que haya cotización todos los días.

#1624

Re: Subordinadas caja duero

Habitualmente la mayoria de las demandas que se presentan son para conseguir la nulidad del contrato.
Ahora bien, yo también creo que los inversores/ahorradores que no consigan tal nulidad pueden plantease pedir una indemnización por daños y perjuicios consistente en falta de información de un hecho tan relevante como el cierre del mercado interno de CEISS el 31/10/2011 y una nueva forma de operar en la venta de este tipo de instrumentos enviando las órdens al mercado SEND que comenzó a operar de nuevo a partir de mediados de abril de 2012. En mi caso, las obligaciones subordinadas vto.8/2018 de Caja España, la cotización pasó del 103% al 86%. Esto indudablemente supuso un perjuicio notorio en el inversor/ahorrador que NO fue comunicado en ningún momento al inversor minorista.

No se si tiene alguna posibilidad de prosperar una demanda en tal sentido.

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