Las Participacione s Preferentes objeto de esta Emisión devengarán desde la fecha de desembolso,
esto es, a partir del 20 de diciembre de 2006 (incluido), y durante el resto de la vida de la Emisión
hasta, en su caso, la fecha de amortización (excluida), una Remuneración no Acumulativa, pagadera
por trimestres vencidos, a un tipo equivalente a: (i) Desde la fecha de desembolso hasta el 20 de junio
de 2007, al 7,50% nominal anual, (ii) A partir del 20 de junio de 2007 y hasta el 20 de diciembre de
2016, al Euribor a tres meses, expresado en puntos porcentuales, vigente el segundo día hábil anterior
al inicio de cada periodo, incrementado en 2,50% nominal anual y (iii) A partir del 20 de diciembre de
2016, al Euribor a tres meses, expresado en puntos porcentuales, vigente el segundo día hábil anterior
al inicio de cada periodo, incrementado en 4,00% nominal anual
AMORTIZACION
Las Participaciones Preferentes se emiten por tiempo indefinido. Sin embargo, podrán amortizarse total
o parcialmente, a voluntad del Emisor (y no a solicitud de los inversores), con autorización previa del
Garante, en cualquier momento a partir de que hayan transcurrido cinco (5) años desde la fecha de
desembolso.
Cada Participación Preferente objeto de la presente Emisión concede a su titular, en el supuesto de
amortización total o parcial, derecho a percibir un precio de amortización que consistirá en su valor
nominal más un importe igual a la remuneración no acumulativa devengada hasta la fecha establecida
para la amortización y no satisfecha.