Las órdenes de compra de valores los bancos actúan como intermediarios de lo que uno solicita, es como si tú ordenas comprar acciones del BBVA (por poner un ejemplo) y cae su cotización, el banco que las compró actúa como mero intermediario entre tu solicitud y la bolsa. En el caso de las “preferentes” de SOS Cuétara yo casi aseguraría que fue así. No obstante si el banco actuó como banco asegurador de la emisión en su momento habría que ver antes la documentación que firmaste, ya que aquí no solo hubiese actuado como mero intermediario entre tú y la bolsa, sino que tenía que cumplir con el mandado y aseguramiento de la emisión con lo cual ya no estaría actuando como un mero intermediario. La verdad es que esto en un post es difícil de opinar, no soy técnico en esto, pero si tu compraste estos valores en el momento de la colocación (no como compra de “segunda mano”) y el banco era el asegurador de la emisión, es de suponer (es una mera hipótesis, repito no soy técnico en esto) que tendrías que haber suscrito los documentos que indica la normativa MiFID como es el test de idoneidad y el test de conveniencia, siempre y cuando esto lo adquirieses además con posterioridad a noviembre de 2007.
Ahora bien si como dices las compraste en el 2006, esto no está sujeto a la MiFID, podría ser un caso al estilo de los swaps, pero me temo que “cogido” con pinzas.
A ver si algún otro forero más técnico en esto lo confirma o indica que no ha lugar a dichos documentos, ya que te insisto que no soy especialista en esto.