Re: Afectados OS Banco Popular
El mio, 15% del total que se recupere mas iva y si se pierde, no cobran, pero me tengo que hacer cargo de las costas si las hubiera. No cobran nada hasta el final. .
Un saludo.
El mio, 15% del total que se recupere mas iva y si se pierde, no cobran, pero me tengo que hacer cargo de las costas si las hubiera. No cobran nada hasta el final. .
Un saludo.
Hola, bienas noches.
Parece que han perfilado mejor el tems.
Te comento:
Las dos opciones que barajan: 1.- negociacion extrajudicial, que en caso de acuerdo, sería el 5% + iva.
Aquí te recomiendo que introduzcas la coletilla que cualquier acuerdo debe ser aceptado previamente por ti ( ya estamos escaldados).
2.- demanda judicial. Aquí ya te anuncian que solo barajan dos acciones.
a) la de nulidad o anulabilidad posiblemente error o vicio en el consentimiento.
b) indemnización daños.
Via civil en todos los casos.
Aquí entiendo que cobrarían 5096,00 € + iva ( 1200 aprox).
Supongo que cobran esto más las costas en caso de ganar al banco popular.
En caso de perder, ( casi imposible), no lo contempla o se hacen cargo.
No es mala propuesta, pero aclara el tema de los intereses legales y la fiscalidad de las costas no vaya a ser que te dé un sablazo hacienda por el dinero que te correspondería cobrar y que se queda el bufete pero que el sujeto pasivo del impuesto eres tú.
Espero que todo nos salga bien. La verdad que una vez aclarado todo lo expuesto, es de las mejores propuestas.
Saludos
Yo tengo 4000 € OS de Popular compradas en 2011, ahora me ofrecen los bonos de fidelización, pero tengo varias dudas...
La entrega de bonos en IRPF es un rdto. del capital mobiliario, y se puede compensar con las pérdidas de las OBLIGACIONES (0 €) ??? Si es así se compensarían ente sí.
Al entregar los bonos, descuentan los intereses percibidos desde 2011??
Luego al venderlos en el mercado secundario al 70% por ej. tendría que declarar una minusvalía en rdtos. del capital mobiliario???
Gracias de antemano.
Entiendo por lo que decis que lo que cobran es cuota fija, no?
Claro está, los 5.096 € es caro o barato depende de la cantidad que tengas invertida.
Bien orquestado con mucha desvergüenza.
Esto quiere decir que no es aplicable por analogía el caso Bankua.
Los bufetes no han estudiado el caso de la deuda subordinada en el escenario de la resolución.
Esperaré las noticiaa del Tjue en cuanto a sus fallos como la prejudicialidad que ha planteado AN
Definitivamente, los abogados no han estudiado el tema de la deuda subordinada.
NOS VENDIERON LA DEUDA SUBORDINADA POR UN EORO.
ESTUDIEN SRES LETRADOS LOS TERMINOS DE UNA SUBASTA NO PUBLICA Y SIN PREVIO AVISO !!!
Cómo vamos a encomendar nuestro caso si están dando palos de ciegos y siguiendo todos la opción que les ha llegado por oidas y que ni siquiera se paran a pensar!!
Que ese artículo diga una cosa no necesariamente significa que sea cierta. El Popular lleva engañando a la gente durante muchísimo tiempo, lo que da base para reclamar compras anteriores, y desde luego se puede reclamar la resolución contra la JUR (pero no basándose en "enriquecimiento injusto del Santander", eso me parece una aberración).
La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre
No es artículo. Es jurisprudencia. Y sí coincido contigo en que Pop vendría maquillcuentas desde muy atrás.
Y el BdE y la CNMV miraban hacia Cuenca.
Atentos que estos europeos nos saquean por todos lados. Ahora entiendo a los ingleses!
En lo que más jurisprudencia hay en tema de subordinadas es por vicio en el consentimiento, y es por donde tiran los abogados si vas a consultarles por el tema de subordinadas, te dicen que tienen que estudiar tu caso concreto.
Eso es cierto, pero el enfoque de "vicio en el consentimiento" tiene dos problemas:
Si frente a eso vas a alegar que invertiste en base a informaciones falsas proporcionadas por la entidad, de lo que también hay jurisprudencia en el caso Bankia (no en otros, que eran totalmente distintos a Bankia y Popular), sería aplicable a todos y reclamable en una demanda colectiva.
Eso sí, en muchos casos el vicio de consentimiento es fácil de ganar, y si la cantidad justifica una demanda individual también sería buena solución. Pero que no intenten colaros una demanda colectiva basada en vicio de consentimiento, que eso no funcionaría.
s2
La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre
Sí, está claro, un error en el consentimiento obviamente tiene que ser individual,por eso te dicen los abogados cuando les consultas, que tienen que estudiar tu caso concreto.
Lo que yo no termino de entender es los dos escenarios para aplicar la jurisprudencia en un banco intervenido ( Bankia),y en un escenario de resolución (popular). Bankia continuaba como entidad bancaria. Popular ha pasado a manos del santander, no sabemos en qué términos , si asumiendo el pasivo, porque la operación apunta a lo contrario.
Sigo pensando que el Tjue debe pronunciarse ya por la indefensión y desinformación a la que nos viene sometiendo las instituciones europeas y españolas, que parece inspirada esta situación en los manejos de la mafia