En esto estoy contigo Monillo.
El tema es que la gente que tiene cuentas conjuntas haga una sola transferencia por cada compra y no una transferencia por cada titular; y para dar énfasis al tema, se indica que el ordenante puede incluso ser otra persona. Esto, (y puedo equivocarme) lo dice porque en el resguardo de la transferencia (la información que viaja obligatoriamente sí o sí) viaja el nombre del ordenante de la transferencia, y al parecer da igual.
Yo creo que lo realmente importante es el IBAN de destino (por supuesto), importe (igualmente) y concepto (Importante lo del Nº de Boletín). El beneficiario creo que da igual casi lo que pongas. De hecho a mi me dijeron que pusiera solo "Banco de España" a secas. Lo de poner el número de boletín en el beneficiario no sirve de nada (eso te lo puedo asegurar). Lo que no tengo claro (y no viene en ningún sitio) es que se pueda hacer la transferencia desde otra cuenta distinta a la informada al Banco de España. En principio creo no debería importar, pues creo que cotejan lo dicho: IBAN beneficiario, importe y concepto (nº boletín). De hecho, a mi en los resguardos de transferencias que recibo (sean de quién sea), nunca aparece el IBAN del ordenante (antiguamente si viajaba el dato de la CCC), lo más que aparece es la entidad y oficina (supongo por si hay rechazo o debe devolverse por error o por lo que sea).
En definitiva, es cuestión de que alguien pruebe enviar 1000 € de suscripción desde otra cuenta distinta y nos diga si le sirve o no, aunque creo recordar leer a otro forero que lo había hecho y se la aceptaron.