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Re: Los pezqueñines las prefieren a 6 meses, parece ...
Pues sí, ahora que lo dices, a mí ya me han mordido varias ... bueno, nada grave :-))
En ambos tipos de subastas las peticiones no competitivas se aceptarán en su totalidad, siempre que haya sido aceptada alguna petición competitiva, y que el tipo de interés medio ponderado no resulte negativo. El precio de adjudicación de los valores correspondientes a esta clase de peticiones será el precio medio ponderado incrementado en el importe del cupón corrido o el precio equivalente al tipo de interés medio ponderado, según corresponda.
Cuando, una vez fijado el precio mínimo aceptado en la subasta, el importe nominal total de las ofertas presentadas a precio igual o superior a dicho precio mínimo rebasase el importe fijado por el titular de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera para la subasta, se procederá al prorrateo.
La Dirección General del Tesoro y Política Financiera podrá limitar el número y el importe máximo de las ofertas competitivas que cada participante pueda presentar en la subasta, así como fijar un precio mínimo o un tipo de interés máximo para tenerlas por válidamente presentadas a la misma.
Se permite que el Fondo de Garantía Salarial, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, el Fondo de Garantía de Inversiones, la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A., la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), la Agencia Española de Protección de Datos, el Fondo de Prevención y Rehabilitación de la Seguridad Social, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), o cualquier otra entidad pública o sociedad de titularidad pública que determine el Secretario General del Tesoro y Política Financiera, presenten peticiones no competitivas por un valor nominal máximo de 500 millones de euros