Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
Tengo a la venta unas p.Preferentes emisión 2 de la Caixa desde Febrero de este año, quisiera reclamar ya al defensor del cliente para venderlas. ¿Que tengo que hacer?
Tengo a la venta unas p.Preferentes emisión 2 de la Caixa desde Febrero de este año, quisiera reclamar ya al defensor del cliente para venderlas. ¿Que tengo que hacer?
Hoy el director de la oficina me ha comentado que no se podrá efectuar ningún tipo de operación de compra y venta de las nuevas obligaciones (las canvertibles incluidas) hasta marzo. Ya que el proceso de conversión es hasta el 31 de enero y durante el més de febrero no habrá mercado para los nuevos productos.Basta que eso sea verdad o no . Haber si alguien pregunta mañana en su oficina y se lo verifican.
Efectivamente yo tb los tengo, que hariamos sin ellos, estan en todo lo posible para jodernos, es que cuesta tanto por lo menos ser un poco elegante????.
Si se cumplieran solo la mitad de mis deseos, no encontrarian escayola para tanto hueso roto.
En mi blog he publicado una opinión desde el punto de vista jurídico de las participaciones y otros productos bancarios vendidos en los últimos años, sobre cómo se vendieron y su probable nulidad:
https://www.rankia.com/blog/consumerista/1032672-participaciones-preferentes-depositos-estructurados-otras-joyas-bancarias
Catanda,
no me he dado de alta en linea abierta. En banca electrónica sí acabo de ver los intereses de las maravillosas preferentes, en cuanto me lo cargen en la cuenta lo retiro.
Tanto riesgo para la mi.. de intereses
Esta tarde me han llamado de atención al cliente para que mañana vaya a mi sucursal para ofrecerme un producto que me va a interesar y le he DICHO ¡¡¡SÍ, SI INTERESANTISIMO QUE ME ESPEREN SENTADOS QUE NO PIENSO IR¡¡¡
lo tienen tan claro que se va a aceptar el canje como que hay día y noche, yo también lo tengo preparadito con el 0,35% por custodia de valores.
¡¡¡Pero que competentes, coño!!!
Gracias, consumerista. Tu explicación en el blog es muy ilustrativa.
¿Qué crees que puede ocurrir cuando a las personas que no conocían lo que eran las preferentes, ahora, según el folleto de subordinadas y convertibles, les apliquen los instrumentos MiFID?
De aceurdo al folleto, quien no cumpla los requisitos no podrá cerrar la operación de compraventa y canje.¿Se tendrán que quedar con sus preferentes? ¿O les harán firmar bajo su propia responsabilidad? Porque el dinero, seguro, seguro, que no lo van a devolver.
Salud
pero ¿cobraremos el cupon del dia 30 de diciembre o estara ya incluido en el cange? es que yo se lo he preguntado hoy a la CNMV y no me ha sabido contestar