Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
hola gracias por tu respuesta , perdona no haber contestado antes .Me surgio un imprevisto .
Saludos
hola gracias por tu respuesta , perdona no haber contestado antes .Me surgio un imprevisto .
Saludos
hol Darmah , gracias por la informacion.
Un saludo
hola mikypps yo tampoco he hecho el canje pero no sé lo que pasará con los que no lo hemos hecho, lo que sí sé es que esas operaciones que tu has visto no son operaciones al contado que es cuando hay ventas, lo que tú has anotado serán operaciones de traspaso, que eso creemos que son cambios de unas oficinas a otras o algo así pero nó ventas, espero haberte aclarado algo si no es así pregunta
Muchas gracias mancheguita, te has explicado perfectamente. No sabia lo que me has explicado, pero no entiendo el traspaso entre oficinas...para que?
Me gustaria, mantener el contacto contigo y con las demas personas que pudieran aparecer que esten en el mismo caso, de no haber realizado el CANJE y poder contarnos lo que sepamos segun se vayan dando los acontecimientos. Como por ej: sabemos si nos pagaran el proximo cupon de intereses ? Van a dar otra opcion ? .
De nuevo te agradezco tu respuesta, un saludo
cuando quieras te puedes poner en contacto conmigo, mi intención al no hacer el canje es por que voy a demandar, no tengo ni idea si pagarán el cupón, lo normal seria que lo pagaran ya que el canje no era obligatorio, pero seguro no tengo nada, ni tenemos información de que den otra opcion, el traspaso entre oficinas yo pienso que a lo mejor se llevan los contratos que han hecho los directores de una sucursal a otra o cuando los clientes cambian d domicilio es que no tengo ni idea todo son congeturas
Hola W. Petersen;
Sólo quiero precisar, en relación con tu comentario 2307 que cuando me refiero a buscar soluciones individuales lo hago respecto a la posibilidad de interponer demanda. Soy de la opinión que una demanda colectiva puede no llegar a satisfacer las pretensiones individuales de cada uno de los demandantes, puesto que es mucho más difícil de articular, ya que cada caso presentará, con seguridad, matices jurídicos distintos y esto afecta significativamente tanto a la propia fundamentación jurídica de la demanda como a la prueba y a la resolución final del procedimiento.
Personalmente, si hubiera tenido que ir a juicio, lo habría hecho demandando a La Caixa individualmente y no a través de una demanda colectiva como plantea Adicae, aunque quiero dejar claro que mi posición no represanta nada más que una opción personal y no es una crítica a esta asociación. Cada cual ha de optar por la solución que crea que es la que más le conviene.
En su día comenté en este foro que, en mi opinión, aquellos afectados que tuviesen la intención de llegar a la vía judicial, deberían plantearse seriamente la posibilidad de no aceptar el canje, puesto que, una vez aceptado, fundamentar la demanda en un vicio de consentimiento derivado del desconocimiento del cliente del producto y de sus riesgos, que tiene su origen en la ausencia de información que la entidad tendría que haberle facilitado y que debería de haber sido precisa, imparcial y no engañosa, es mucho más complicado, puesto que en dicho canje, La Caixa, conscientemente, ya no obvia o deja de lado su obligación de informar sobre las características de las obligaciones convertibles y las subordinadas y sobre sus riesgos y, en los documentos en los que lo articula, dicha información es extensa, precisa, imparcial y no engañosa, al contrario que en el caso de las preferentes y su forma de colocarlas a sus clientes minoristas. Aceptar el canje, asumir la posible pérdida derivada de la venta de los productos canjeados y el plazo de vencimiento a 10 años de parte de éstos, incide, en mi opinión, negativamente en la búsqueda de una solución judicial de cada caso basada en la existencia de un consentimiento viciado.
Por descontado que los bancos analizan la situación a nivel global, tanto en lo que afecta a las posibles soluciones que han de plantear a sus clientes como a lo que se refiere a su reputación y solvencia, aspectos que inciden directamente en la confianza de sus clientes. Pero también es cierto, puesto que la experiencia personal me lo ha demostrado, que cuanto más pongas en riesgo con tu actuar (la actitud contemplativa no consigue nada) su reputación y solvencia, mayores posibilidades tienes de lograr tu propósito, puesto que en muchos casos (como el mío) la política comercial que han adotado se ha apartado de manera preconcebida de la obligación que normativamente les exige transparencia, información necesaria y precisa a sus clientes en función de su perfil, idoneidad y conveniencia de los productos atendiendo a dicho perfil, profesionalidad, honestidad, búsqueda del mejor interés de sus clientes, etc. y, ellos, efectivamente, lo saben. Sus comerciales tenían instrucciones precisas basadas en estrategias construidas para aumentar sus activos y, pese a que desde junio de 2010 habían recibido indicaciones de la CNMV sobre sus malas prácticas (tarde, porque la CNMV podía haber puesto coto a la situación antes), continuaron con su política hasta que la bola ha explotado.
Saludos y, nuevamente gracias, ya que personas como tú han hecho que muchos afectados como yo reaccionásemos y, en mi caso, hayamos podido resolver nuestro problema.
Hola.
Tengo (bueno, mi madre) justamente las preferentes de Bancaja de serie A (ISIN KYG0727Q1073). El día 6 de feb acudí al banco a presionarles para que me pusieran una orden de venta ya que no querían (mercados cerrados, etc). Finalmente la pusieron, me dieron una copia firmada y sellada, y según pone se ha hecho en el mercado Iberclear (el interno, supongo) y el AIAF. Yo no sé nada de cotizaciones y les dije que la pusieran al 98'9 % sin saber si estaba haciendo bien.
Ahora estoy preocupada por lo que ha dicho admin, ya que aunque ponga que la orden se ha puesto para el mercado AIAF, al estar cerrado puedan pasarla al SEND y vendérmelas con una burrada de descuento en la cotización.
¿Sería conveniente cancelar la orden?
Tu has limitado la orden al 98,9 ¿esto queda perfectamente escrito en la orden? si es así, tendrías una suerte inmensa que las vendieran pongamos al 72%, porque habrían incumplido tus ordenes de limitación de precio y se la tendrían que comer (la diferencia).
Observa donde viene esto, tendría que en "cambio" o en "precio", no vaya a ser que diga "por lo mejor", cosa que no creo, solo compruébalo para tu seguridad.