Sobre tu pregunta inicial que no vi .... vamos a ver, para convertir en dinero tienes tres posibilidades, a cuál peor ....
1 - Que te ofrezcan algo a cambio, tipo acciones del banco, cuando alguien lo compre, pero las experiencias son todas malas, las hubo menos malas (La Caixa, BBVA, Santander, Sabadell ...), bastante malas, creo que Popular y CAM .... muy malas ... Bankia ... en espera de soluciones, pues NGG Banco, Catalunya Caixa, Banco de Valencia.
2 - Que te ofrezcan un arbitraje de consumo o mercantil, una especie juicio sin juez, dónde en mi opinión vas bastante vendido, en primer lugar se renuncia a los tribunales, vamos que lo que salga es lo que hay, campana y se acabó, no hay apelación posible, y primero te lo tienen que ofrecer ellos, o pedirlo tu y que ellos acepten ...
Ventajas: Es barato y rápido, incluso se puede ir sin abogado, cosa que yo ni loco haría, porque tu banco irá asesorado, creo que NGG Banco, tiene esto encargado a KPMG, o puede que a PriceWaterhouseCoopers, ahora no recuerdo, lo que si sé es que Catalunya Caixa lo hace con Ernst & Young, es igual estas tres compañías consultoras y auditoras junto a Deloitte, forman las "big four", las cuatro mas grandes y prestigiosas del mundo, pues como para meterse ahí sin abogado, yo ni si estuviera afectado en eso, "ni jarto vino" ...
Inconvenientes: No hay apelación a tribunal superior, un arbitraje se acepta o no se acepta, pero si se estima que interesa, su decisión es inapelable.
3 - Tribunales de Justicia, con derecho a apelación a la Audiencia Provincial, apoyo legal, estudio de posibilidades por parte de tu abogado, eso si .... tendrás que buscar documentos, papeles, y no dejes al abogado solo, implícate en la causa, si esta es tu decisión, no sueles el paquete, y esperes a que te digan día y hora para el juicio, es un plan desastroso .
Al final de pondré unos enlaces a mi blog, es posible que saques alguna cosa de ahí ....
Y hay una cuarta posibilidad, pero la verdad yo no confío mucho en ella, también lo explico en alguna parte de los artículos que te voy a enlazar, se trata de ir con una agrupación de afectados, y no creo en ella, porque esto se demanda por una figura legal que se denomina "error de consentimiento", y se refiere a los hechos de cada caso, y mas ahora con unas sentencias de Tribunal Supremo en relación al otro show bancario del momento, los mal llamados seguros de tipos de interés, mira no soy abogado, pero sigo estas cosas, y algún conocimiento legal tengo, y el alto tribunal recientemente ha dejado claro que es el error de consentimiento, los hechos primero, los hechos segundo y los hechos tercero, lo demás es accesorio, importante pero accesorio ... ir agrupado tenderá a juzgar el producto, no van a testificar 100 afectados, ni 50, ni 25 .... el producto es legal, lo susceptible de ilegalidad son las circunstancias de cada caso, esto es el "error de consentimiento" ...
Bueno, los enlaces (uno de ellos enlaza al mismo tiempo con artículos de otros blogueros, concretamente el segundo de ellos)
https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1472276-nuevo-asunto-preferentil
https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1398817-recopilatorio-ideas-respuestas-comentarios-relacion-reclamaciones-participaciones-preferentes
https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1374339-por-si-habia-hablado-poco-ello
https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1354116-preferentes-capitalizacion-bancaria-cotizacion-bonos-poco-todo-n-d-concreto
https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1331807-como-actuamos-problema-nuestros-depositos-inversiones-cuanto-costes
https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1169591-complejidad-amortizar-participaciones-preferentes-deuda-subordinada