Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
pues a estar juntos en la lucha
pues a estar juntos en la lucha
en estos momentos subiendo 0'016 ,esta en 1,612 €
1,62
jic00, aparte de que me dijeron en el banco lo del 100%, esta escrito en el folleto de la cnmv que el Precio de Amortización (apartado 4.8.1) de las preferentes sera el nominal mas la Remuneración devengada y no satisfecha. Evidentemente hay un montón de riesgos en caso de falta de solvencia por parte del emisor / garante, en cuyo caso habría prorrateo y perdidas o quita; pero habiendo sido absorbida por el SAB y quedando menos preferentistas no creo que esto ocurra en Septiembre 2014. Dicho sea de paso, tambien en el folleto CNMV del canje se dice que los que canjeen recibirán el 100% de su capital que se empleara de forma inmediata e irrevocable en comprar acciones del SAB a 2.30 euros por acción ... ademas del 24% en pago diferido para los accionistas que las mantengan 4 años. Si a los que han canjeado les han ofrecido el 100% no veo como explicarían el dar un % mas bajo para los que no lo hemos hecho ... salvo graves problemas de liquidez / solvencia del SAB
a6767 Gracias y entiendo lo que comentas. Solo que no creo que el SAB tenga graves problemas de solvencia dentro de 2 años que es cuando podrán hacer el call, con lo cual no entrara en liza el mecanismo que comentas. Las compñias de rating S&P, Fitch, eetc los hundirían si dicen que no son capaces de amortizar a su valor nominal las preferentes que quedan en el mercado (5%?)
No es canje,por que lo digo, porque bruselas no hubiera permitido nunca un canje al 100% nominal,por muchas razones entre una de ellas era una caja quebrada y rescatada por el estado y las participaciones tienen perdidas,que hace el sabadell te hace una oferta de compra no de canje, porque bruselas no lo habria aceptado es como si tu, tienes un producto y un particular te ofrece comprartelo tu decides si lo vendes o no. Era inviable lo del canje,tenia que ser oferta de compra,nose si te lo he explicado bien,yo en un principio no lo entendia,luego me lo explicaron,y ya lo entendi.
Ferrina, no digo que no lo sepas, pero estás dando por sentado el CALL en 09/14. Eso puede ocurrir a partir del 5º año según la ley, nunca antes. Pero en ningún caso es obligatorio y es a potestad del banco. Eso lo tienes en mente ¿no?. Quiero decir: la naturaleza de las preferentes es perpetuidad. No temporalidad. Como las acciones. Se crean, pero su naturaleza no es amortizarlas o quitarlas del mercado. Es un producto híbrido que en eso es como las acciones