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Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

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Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
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Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Criterio de vencimiento objetivo: el que pierde paga, salvo que el juzgado razonándolo considere que existen serias dudas de hecho y de derecho, en la práctica esto último raramente ocurre.

Artículo 394 Ley de Enjuiciamiento Civil Condena en las costas de la primera instancia.

1. En los procesos declarativos, las costas de la primera instancia se impondrán a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el tribunal aprecie, y así lo razone, que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho.

Para apreciar, a efectos de condena en costas, que el caso era jurídicamente dudoso se tendrá en cuenta la jurisprudencia recaída en casos similares.

2. Si fuere parcial la estimación o desestimación de las pretensiones, cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, a no ser que hubiere méritos para imponerlas a una de ellas por haber litigado con temeridad.

3. Cuando, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, se impusieren las costas al litigante vencido, éste sólo estará obligado a pagar, de la parte que corresponda a los abogados y demás profesionales que no estén sujetos a tarifa o arancel, una cantidad total que no exceda de la tercera parte de la cuantía del proceso, por cada uno de los litigantes que hubieren obtenido tal pronunciamiento; a estos solos efectos, las pretensiones inestimables se valorarán en tres millones de pesetas, salvo que, en razón de la complejidad del asunto, el tribunal disponga otra cosa.

No se aplicará lo dispuesto en el párrafo anterior cuando el tribunal declare la temeridad del litigante condenado en costas.

Cuando el condenado en costas sea titular del derecho de asistencia jurídica gratuita, éste únicamente estará obligado a pagar las costas causadas en defensa de la parte contraria en los casos expresamente señalados en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita.

4. En ningún caso se impondrán las costas al Ministerio Fiscal en los procesos en que intervenga como parte.

#6434

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

ayer pidio toda la documentacion via burofax ,a la espera de respuesta ,de momento tan solo tenemos el contrato firmado y tachada la fecha de vencimiento ,lo hizo el subdirector del banco y mi padre ni se entero .ponia fecha de vencimiento 2.049 y tacho a boligrafo y puso 2.012

#6435

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

ole tus huevos !!

#6436

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

desde tierras mas sureñas, otros 45.000 soldadados mas a la guerra, NO AL CANJE

#6437

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Que ambientazo hay hoy por el foro, o me lo parece a mi, que buen rollo, que bien,ya vuelve a ser esto lo de hace un mes. mis soldatitos también van a la guerra.

#6438

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

yo tambien la pedi y no me han contestado pero llame a la oficina donde me lo hicieron y les dije que la buscaran a ver si estaba, a los dias me llamo el director y me dijo que no habia nada, vamos a mi no me hicieron nada, ninguna pregunta, ni firme ningun test ni nada
a mi me pone fecha año 3.000 imaginate

#6439

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Este es nuestro "verano azul" particular, estamos todos con Chanquete , te toca hacer de Beatriz ! :-) Ya tenemos a Piraña con nosotros nuevamente!

#6440

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Yo tengo todo bien firmado, ése es el miedo que tengo, lo único que el test de idoneidad, pone que el riesgo que quiero asumir es 0, no sé si por ahí puedo hacer algo.

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