Angeles, respecto a remitir la queja al Defensor del Pueblo no sé los criterios que deben cumplirse ni creo que sea la mejor institución para estos temas. No obstante, si alguien quiere hacerlo cuetna con mi apoyo y firma.
Creo que, la situación creada por la CNMV, al cerrar el mercado interno de la Caixa,requiere de una intervención más en el corto plazo, teniendo presente que las PPR-2 cotizarán en el SEND, según las noticias vigentes en enero de 2012. Yo, modestamente, considero que el cierre, obligado por la CNMV, del mercado interno de la Caixa sólo perjudica a los titulares de preferentes cotizadas en el AIAF por esta Entidad. Y que en realidad, supone una suspensión "efectiva" de la cotización, ya que, aunque en teoría se pueden seguir poniendo órdenes de venta, la realidad es que la Entidad no cursará ninguna, puesto que según el folleto de la Emisión, la Entidad de liquidez (Banco Portugués do Investimento, al que ayer rebajaron el rating; y Portugal con deuda pública como bono basura) ya sobrepasó el 5% de la liquidez que debía garantizar.
Por tanto, si hasta el 17 de noviembre las "cotizaciones" de las PPR-2 cerraban siempre por encima del par nominal, salvo a finales de los trimiestres de abono de dividendos, porque la Entidad hacía y deshacía a su antojo y conveniencia con la venta y compra de las participaciones por particulares, y era esto lo que reflejaba en la supuesta "cotización". Todo ello advertido por la CNMV como sujeto de malas prácticas...reconocido en el famoso documento de octubre de 2010...y a mí mismo en respuesta a una de mis tantas quejas...pero sin trascendencia amonestadora y sancionadora para la Entidad.
¿Cómo es posible que la propia CNMV no haga cumplir a la Entidad y, ella misma, no cumpla con la legalidad? Reitero que desde el 17 de noviembre, entre la CNMV y la Caixa han llevado a nuestras participaciones a un estado de Suspención de cotización "efectiva" y real, puesto que no es posible venderlas, ni teóricamente, comprarlas.Siendo esto una realidad, además contrastable y verificable.
A más, a más, desde que se dispone de datos de operaciones de las PPR-2 (año 2006), se han cruzado operaciones en más del 95% de los días lectivos. ¿Cuántos días llevan ya sin cruce de operaciones? ¿Qué más haría falta para demostrar que las han colocado en situación de Suspensión o incluso de Exclusión efectiva de cotización hasta que los que deciden las pasen al SEND?
No sé si pensáis como yo que, mes y medio sin cruces será argumento y razón más que suficiente para demandar, mediante reclamaciones, a la propia CNMV que corrija la situación. Y en esto voy a olvidarme del dinero de mi gente en estas participaciones,...Que la CNMV admita públicamente que es una suspensión real de la cotización y cumpla con el art. 33 de la Ley MV; que obligue a la Caixa a publicar el hecho relevante de que le han suspendido el mercado interno (deber de información contemplado de manera exhaustiva en la normativa)y que le llamen a los hechos por su nombre: suspensión de cotización de las ISIN KYG 1112 en el AIAF antes de su pase al SEND; y que se dejen de aconsejar por teléfono y por email, que pongamos órdenes de venta en la Entidad durante este tiempo, porque no habrá cruces.