Re: Cancelacion negociación Obligaciones subordinadas bancaja (ES0214977169)
Hoy ha mejorado la cosa y se han hecho operaciones al 65%
Hoy ha mejorado la cosa y se han hecho operaciones al 65%
Para estar algo más preparado e intentar evitar caer de nuevo, aquí os dejo un interesante enlace de la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores)donde hay cursos virtuales para el inversor.
Aqui os dejo esta informacion para presentes y futuros compradores de estos productos. http://incoex.org/press.asp?subsec=1&id=84.
Estoy leyendo un articulo,que dice que(BFA)esta en perdidas,veremos si suspenden el pago de cupones de nuestras OBS. http://www.dirigentesdigital.com/articulo/mercados_y_finanzas/205540/cuentas/bfa/bankia/auditoria.html
Aquí te dejo un artículo de expansión con las entidades que han dejado de pagar hasta el momento los intereses de preferentes y subordinadas.
Aunque hay una gran ventaja entre subordinadas y preferentes en caso de impago de cupón y es que en las preferentes se puede perder mientras en las subordinadas se aplaza, te copio un artículo del blog de Fernan2 :
Cobro del cupón en bonos, obligaciones subordinadas y participaciones preferentes
La principal diferencia entre bonos, obligaciones subordinadas y participaciones preferentes está en el condicionamiento del cobro de intereses (cupón) a que hayan habido beneficios. En el caso de los bonos, el cupón se cobra siempre (salvo quiebra del emisor, claro), por lo que tienen la consideración de renta fija "pura", mientras que las obligaciones subordinadas y participaciones preferentes se consideran híbridos de renta fija y variable porque pueden no cobrar cupón si se cumplen dos condiciones:
•Que el emisor no haya obtenido beneficios
•Y que además no se haya pagado dividendo a los accionistas.
La diferencia entre obligaciones subordinadas y participaciones preferentes, importante, es que en las participaciones preferentes el cupón se pierde, mientras que en las obligaciones subordinadas sólo se difiere, y el cupón se cobrará cuando el emisor vuelva a tener beneficios (con algunas restricciones, para que no resulte agobiante si el beneficio es aún pequeño: sin superar el 33% del beneficio del semestre anterior).
vamos a ver tengo obligaciones subordinadas bancaja julio 2019 y he reclamado al defensor del cliente, me han contestado segun normativa del banco de españa el banco tiene la obligacion de cursarme la orden de venta al precio que yo fije, pero he ahi el problema el banco no puede o no sabe cursar esta orden y me veo desprotegido ya que no hay medio ni forma que esta orden FIGURE EN EL MERCADO SEND, POR LO TANTO NADIE PODRA COMPRARLA, alguien sabe o me puede informar como funciona este mercado y si puedo observar la posiciones tanto compradoras o vendedoras que pienso hay un oscurantismo que FAVORECE A CUATRO LADRONES, QUE SE ESTAN APROVECHANDO DE NUESTROS DESCONOCIMIENTOS.
No es tu problema si no saben como meter la orden. Y mas si el organismo al cargo te da la razon. Hoy el ultimo intercambio hasta el momento fue al 65% por lo que mañana cualquier orden inferior al 71,5% y superior al 58,5% deberia ser admitida por el sistema a no ser que se produzca algun otro a diferente precio. Si se sale de ese rango no tienes nada que hacer pues el sistema la rechazara. Pero si estas dispuesto a introducir una orden en esos terminos que te cuñen el resguardo conforme la has entregado y que luego se busquen la vida. La metan o no en el mercado, si en algun momento durante el siguiente mes se negocia a un precio igual o superior tendran que darte la pasta. Si no las vendieron en el mercado reclama y tendran que abonarte ellos el dinero porque tu tendras pruebas de que entregaste la orden.