Sigue sin quedarme todo claro.
Caso de residente en Catalunya, divorciado y con dos hijos, se vuelve a casar y realiza testamento en el que se especifica que un 40% de todos los bienes serán para la esposa y un 35% y 25% para cada hijo.
Anteriormente disponia de un Plan de Pensiones cuyo beneficiario era la actual esposa, y un Plan de Previsión asegurado en el que los beneficiarios son los herederos legales.
Al disponer un % específico de todos los bienes para cada uno ¿Debo entender que el PP y el PPA se reparten junto con los demás bienes en el mismo porcentaje (40-35-25)?
o bien ¿Cómo se reparte este plan de pensiones?
Y en el PPA ¿Quienes son los herederos legales en esta caso si el tomador vivia en Catalunya pero la compañía es de Madrid? ¿En qué porcentajes se repartiria? (a partes iguales o manteniendo la proporción expresada en el testamento?
Caso de haber modificado los beneficiarios con posterioridad a la redacción del testamento, hubiera sido distinto?
Agradeceria si alguien puede aclararme algo