Re: Monitorio de Asisa por impago Poliza
comunicaste a la correduria tu decisión de darte de baja con algun escrito??? eso es importante.
comunicaste a la correduria tu decisión de darte de baja con algun escrito??? eso es importante.
Hola nuevamente, gracias a todos
He estafo buscando y recusando entre todos los papeles y he pedido un extracto en el banco.
La situación es la siguiente: solicite la baja a la correduría enviando un correo electrónico. Normalmente los imprimo y guardo, si es por algo así pero no lo encuentro, aunque no se sí eso tiene validez en el juzgado.
Luego mirando los extractos resulta que si se paga un recibo el primero que no se por que motivo no se devolvió, llega el 4 de enero y me suena que crei que era el último del año pasado. Total que ese es el único que se llega a pagar a partir de ahí se da orden de devolución.
No se sí esto cambia la cosa o no. Pero si no he usado ese seguro y no ha estado operarivo, por que tengo que pagarlo? He tenido siniestros ( como ellos llaman) durante ese año y no lo utilice ni nada
Gracias
Además de lo que ya te contestaron los compañeros, decirte que las empresas de recobros suelen poner monitorios y esperar a ver qué ocurre.
Piensa que ponen “cientos” de monitorios y muchos no los contestan, por lo que esos ya los tienen ganados.
A los que contestan, miran que aportan en su defensa y valoran si siguen o no con la demanda.
Contesta conforme hace más de seis meses que no pagas la prima y olvídate del tema.
Suerte
Si, pero a mi no me pone un monitorio una empresa de recobros, me lo pone Asisa directamente.
Y lo único que aporta es un recibo por el total ,hecho por ellos mismos sin póliza, firma ni nada.
Un recibo por 1300 euros en concepto de seguro desde febrero a diciembre 2012.
Y ale ya ta. Claro dicho así están en plazo no?
Que fuerte
El monitorio ya lo tienes ahí, no puedes hacer otra cosa que contestarlo.
Si después se pone fecha para celebrar el juicio, ya te ocuparas de preparar ese juicio.
Yo entiendo que ellos reclaman la anualidad 2012 porque es el compromiso “anual” que no respetaste, pero el artículo 15 de LCS, en ese caso puede ser igualmente valido en tu defensa.
Además tu puedes contestar diciendo que avisaste a tu corredor con antelación suficiente, (aunque sepas que no fue con los 60 días) y que pagaste enero 2012 porque no te diste cuenta del cargo a tiempo de devolverlo y que por la cantidad que representa que no quisiste iniciar ninguna reclamación, etc. etc.
Ahora en el proceso en que estas no tienes otra opción más que contestar y esperar.
Suerte.
Para mí la cosa cambia bastante con el hecho de que pagases el primer recibo. El contrato es anual y al pagar el primer recibo, por así decirlo, aceptaste el mismo. El fraccionamiento de pago es una "facilidad comercial" pero, como digo el contrato es anual. Lo que te reclaman es precisamente eso. Que has "aceptado" el contrato pero no has pagado parte del mismo.
¿Sólución? Intenta lo que te ha dicho Jomalo e intenta sobre todo presionar al Corredor pues ha sido quien no ha cumplido. Es más, "amenázale" con solicitarle, si no te lo soluciona, no sólo la parte que te reclaman sino también el importe de ese primer recibo que pagaste y no devolviste.
Hola, pues no se sí cambia o no, pero leyendo la ley y las condiciones generales del mismo seguro. Al incumplimiento de un pago a los 30 días te dejan sin cobertura. Esto es ya no puedes utilizar el cuadro médico y sino se reclama la prima a los 6 meses se rescinde el contrato.
Sería injusto y es a mala fe por parte de la compañía esperar que venza la póliza para reclamar el pago de la misma para así no poder hacer uso de la misma. No a reclamado la prima que se deja de abonar en febrero, con lo cual en marzo yo ya no tenía cobertura (no use ese seguro pues creí que estaba de baja) se esperan todo el año sin decir ni media y ahora presentan un monitorio sin presentar la póliza ni hacer mención a ella, sólo con un recibo creado únicamente para este propósito. Yo creo que esto es más que peleable creo yo.
Pero mi duda es que una vez presentada la oposición se va a juicio impepinablemente? O en ese punto ellos pueden echarse para atrás?
Gracias
Una vez contestas el monitorio el juez visto que no hay acuerdo, señala directamente fecha para el juicio.
Después, puede que la compañía retire la demanda o que no acuda a juicio.
Si se presentan, se celebrara el juicio y como la reclamación es por un importe inferior a 2.000€ no es preceptivo abogado ni procurador, por lo que te puedes defender tu mimo y si pierdes solo pagaras la deuda reclamada; no tienes costas ni gastos.
Suerte