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Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.

26 respuestas
Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.
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Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.
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#1

Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.

Buenos días,
Os comento mi caso. Mi hijo tiene 2 años y medio y el 10 de mayo, en la guardería, se tropezó y se cayó rompiéndose el fémur. Yo trabajo y pedí un permiso durante los días que estuvo hospitalizado. Ahora que está en casa lo cuida mi marido que está desempleado.
La guardería tiene un seguro privado.
No sabemos si al niño le correspondería algún tipo de indemnización por el tiempo que esté de baja ni que tendríamos que hacer para reclamarla.

¿Me podéis ayudar?

Gracias.

#2

Re: Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.

Que un niño sufra un accidente en la guardería, no implica que sea culpa de la guardería y por lo tanto que tenga responsabilidad. Para ello sería necesario que existiese negligencia en el cuidado del niño.
La guardería tiene la obligación de tener una póliza de accidentes que cubra la asistencia sanitaria y una póliza de responsabilidad civil para daños de los que la guardería sea responsable civilmente, pero solo para cuando sea responsable.

#3

Re: Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.

Muchas gracias.

#4

Re: Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.

Yo pasé por lo mismo, y denuncie a la guardería porque se cayó de una ventana en el patio que no es muy alta, pero realmente a día de hoy aún no se a ciencia cierta como sucedió porque realmente no lo vió nadie caer. Esto sucedió en julio de 2010 y el próximo 18 de octubre tengo el juicio, con paciencia espero que salga todo bien. Yo lo puse a manos de un abogado. Lo importante mi hijo se recuperó estupendamente y no hizo falta intervención quirúrgica, tres meses con yeso pélvico. Espero que tu hijo esté también recuperado, besos.

#5

Re: Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.

Buenas, ¿Es seguro que tiene que tener una póliza de Accidentes?

Te lo digo, porque el otro día un cliente que tiene una academia de idiomas para niños de 0-6 años. Me decía que él era abogado, y estaba seguro al 100% de que no necesitaba un seguro de accidentes. Y ya te pone un poco en duda.

Saludos

#6

Re: Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.

Tú has escuchado campana y no sabes donde respecto al seguro de accidentes.

El seguro de Acc Convenio es una póliza no obligatoria pero sí conveniente que deberían tener los empresarios que desarrollen una actividad con trabajadores a su cargo y que esa actividad establezca en el convenio al que estén adscritos el hecho de tener un seguro de accidentes que cubra Xmiles de euros en caso de fallecimiento, invalidez y/o otras.

En el caso de las guarderías existe un convenio nacional que establece en la página 22/32 las coberturas y cantidades minimas a cubrir:

http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&frm=1&source=web&cd=1&cad=rja&ved=0CC8QFjAA&url=http%3A%2F%2Fwww.boe.es%2Fboe%2Fdias%2F2010%2F03%2F22%2Fpdfs%2FBOE-A-2010-4729.pdf&ei=uDxRUq_xHMuUhQfS6oGQBQ&usg=AFQjCNHGKgSLdRWFZbhPc65dIkRlKOZBBQ&bvm=bv.53537100,d.Yms

Este convenio nacional puede ser mejorado por los provinciales, en todo caso deberá acogerse al más beneficioso para los asegurados.
No es obligatorio aunque el convenio hablé de "deberá" porque en caso de no tenerlo contratado sin un asegurado fallece, por ejemplo, con poner los billetitos de tu bolsillo correspondientes a la indemnización que corresponde y que por supuesto reclamará la familia es suficiente.
Aunque no creo que haya mucho rico poniendo guarderías por lo que es preferible tenerlo contratado.

Y por otro lado LOS NIÑOS NO SON LOS ASEGURADOS. Los asegurados son los trabajadores frente a su patrón, su jefe, y frente al cargo profesional que ponga en su nómina.
Si a un niño le pasa algo entraremos en la RC y no en los accidentes por convenio.

Respecto a la RC habría que determinar si laa guardería es responsable civilmente. En caso de serlo pagará su seguro de RC pero esto solo lo puede decir un juez, nadie más. Yo hablaría con un abogado e incluso preguntar si la posible reclamacion te la podría llevar un abogado a través del seguro de tu vivienda por la cobertura jurídica.

No soy abogado pero una mínima base jurídica me dice que el que denuncia es el que tiene la carga de la prueba, es decir, tienes que demostrar la negligencia o supuesta negligencia de la guardería y esto es realmente complicado. El mejor abogado no es el que mejor sabe de leyes sino el que mejor sabe demostrar los hechos para aplicarlas.

Saludos

#7

Re: Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.

Mayuki aplícate lo que he contestado justo antes, por no repetir.
Saludos y suerte.

O como diría Zapatero: Buenas noches y buena suerte.

#8

Re: Derecho a indemnización por caída niño de 2 años en la guardería.

Según lo he leído, he pensado exactamente lo mismo.
1) ¿Ha sido culpa de alguien de la guardería? No parece si se ha tropezado.
2) Eso es una responsabilidad civil de libro si hubiera culpable, pero no ha lugar en principio a indemnizar unos días de baja (¿acaso un niño trabaja como para cobrar días de baja?).
En fin.