Perdona si no me expresé lo suficientemente claro.
Quise decir que los seguros cubren lo que viene definido como coberturas en el más estricto sentido literal de la cobertura.
Además de las coberturas están las exclusiones, en negrita por Ley, que te enumeran situaciones no cubiertas dentro de lo cubierto.
Tu caso, , para Reale según indicas, no es ni lo uno ni lo otro. Es lo que se denomina un riesgo NO DEFINIDO. Algo que puede ocurrirte pero tu seguro no lo cubre, no porque lo excluya, sinopporque NO ESTÁ DEFINIDO dentro del contrato.
La mala pata es que existen otras cias que sí cubren esta situación DEFINIENDOLA expresamente en el contrato.
La diferencia con el otro compañero respecto al caso de Sanitas es radical: en su caso los gastos de la operación en principio sí estaban definidos en el contrato y Sanitas alegaba que estaban excluidos la técnica de láser según el condicionado. Como el contrato inicial no tenía dicha exclusión y no pudieron demostrar que les habían mandado unas nuevas condiciones tuvieron que tragarse el siniestro.
Saludos