Seria bueno para todos y para el mundo del Seguro , no hablar en balde y sin conocimientos de lo que se dice, dado que por buena voluntad que se ponga , se puede llegar a confundir , y ha seguir generando esa leyenda negra de los seguros , donde no se es claro y la tendencia es conseguir la venta pese a quien pesé. Seguramente algo de verdad existe y seguramente ganada a pulso, pero no echemos , personas que tan sólo han oído cosas ,más leña a un fuego , que muchas veces ,ya tiene viveza por sí solo.
Mezclamos un Pía con una Renta Vitalicia y nos atrevemos a decir que aportando 8.000 € para jubilación....NO SABEMOS LO QUE ES UN PÍA y mucho menos una Rena Vitalicia, ni su público ...., ¿te están ofreciendo un Unit Link? ¿Sabemos lo que es y como funciona el producto? Por lo que se apunta, no.
Lo que la compañía puede tener pérdidas (que pueden) y no están vinculadas a los mínimos de la DGSFP...es para nota, demostrando que no solamente es gratuito los comentarios , sino el total desconocimiento de cualquier funcionamiento de las aseguradora de S.Vida , la normativa y leyes por la que se rigen y los controles , auditorías y obligaciones en sus inversiones ligadas a sus productos, así como las garantías que están obligadas a dar , cumplir y regir.
Finalmente lo que se apunta sobre la Fiscalidad de las Rentas Vitalicias , que por cierto NO SE ACLARA sólo se enumera, , y nuevamente, se introduces otra vez el famoso PÍAS , mezclando lo , pero sin más, siendo exclusivamente la Fiscalidad igual si el cobro del capital asegurado del Pía, se hace en forma de RENTA VITALICIA, pudiendo optar el asegurado por el cobro en forma de capital, no siendo en ese caso esa la Fiscalidad aplicable.
Para contratar un seguro de Rentas Vitalicias , debemos tener claro unas cosas, a partir de eso decide , si es tu producto o no, a saber:
- Es un seguro que se contrata HASTA FALLECIMIENTO ,por ello su cliente debería ser alguien entre 65-70 mínimo, esta es mi opinión
- Es un producto que GARANTIZA hasta el fallecimiento el cobro de una RENTA mensual , trimestral, semestral,anual a un de INTERÉS TÉCNICO de "X" que se mantendrá constante , al menos 28 años. ES , en consecuencia un producto seguro
- Es un producto que GARANTIZA al FALLECIMIENTO del asegurado el pago ,a los beneficiarios , del la prima pagada más un capital , si bien este suele ser un % que suele ser pequeño
- Al ser una RENTA VITALICIA , las rentas percibidas, gozan de una exención fiscal , tal y como nuestro amigo describe en el cuadro, de manera que una persona de más de 70 años solo tributara el 8% de la renta percibida como RCM, vamos como un plazo al 21%, en números alguien de más de 70 años con una renta vitalicia de 100€ , 92€ NO tributan y 8€ los hacen como RCM al 21% ..o lo que proceda, lo que otorga una rentabilidad financiero/fiscal muy interesante
- Como último punto, que es el que no paráis de hablar, tienes posibilidad de rescate, es decir deshacer el seguro, pero ¡ojo! Con dos condicionantes :
1* al recatar antes del fallecimiento desaparecen las exenciones del seguro, devolución de las exenciones fiscales , lógicamente no satisfechas , y que serán retenidas por el asegurador, vamos que debemos pagar por lo no tributado
2* La famosa "realización de activos" , es decir poner a la venta los activos que soportan la inversión y que garantizan el pago de las rentas, que alguien mencionaba Bonos (no Letras que son a corto) o los que procedan y que no son del libre albedrío de la aseguradora pues los mismos tienen que cumplir unas garantías exigidas y controladas por esa DGSFP, depende diente del Ministerio de Economía , y que se deben vender para devolverte el dinero y su venta , es en mercado secundario, luego ...puede arrojar pérdidas lógicamente
Lo cual quiere decir que aún teniendo una venta de los activos afectos al 100% al quitarte para su entrega a Hacienda lo no tributado,,percibirás menos de la prima pagada , pero NO HABRÍAS TENIDO PERDIDAS ,QUE CONSTE
En resumen, debes valorar lo que se contrata , una RENTA VITALICIA que GARANTIZA:
- Renta Vitalicia
- Interés fijo durante toda la duración del seguro
- fiscalidad excelente
- Liquidez , a mercado secundario
Valora todo, decide y sopesa, y es o no es tu producto , pero no debe o debería haber segundas lecturas ...
Mi consejo, si te sirve,
- no pongas en un Seguro de Renta Vitalicia todo tu dinero, sólo aquella parte que sepas no vas a necesitar
- Es una excelente herramienta de reparto de tu herencia ,dado que la designación de beneficiarios no se rige por la Ley de Sucesiones , es decir puede designar LIBREMENTE a tus Beneficiarios.
- Es un perfecto complemento a tu pensión de jubilación, dado que , como te he dicho, esta garantizada la,renta hasta el Fallecimiento
- El rescate ,debe ser tu última opción
SI PASA POR TU CABEZA RESCATAR , salvo fuerza mayor, NO COMPRES EL PRODUCTO ,
Pregunta a un profesional, no pidas opinión
Saludos