Tú mismo te has contestado y según mi criterio el resto se está confundiendo con la cobertura directa de estéticos.
Me explico :
Una cosa es que haya un daño, por ejemplo, de lluvia en pared comunitaria y POR ESTETICOS pinten no sólo esa sino las otras tres que haya en esa sala y otra cosa es que a un vecino se le provoque un daño y no se le repare.
En el primer caso hablamos de cobertura directa por daños propios y en el segundo hablamos de daños a un tercero que deben ser cubiertos por RC puesto que la comunidad de vecinos es un ente propio con personalidad jurídica y como tal tiene una responsabilidad frente a los demás, los vecinos, excepto la parte de copropiedad que le corresponda a cada uno personalmente.
Si queremos afinar podríamos decir que de los 600€ que cueste la reparación estética si tú eres copropietario del 3,10% de la comunidad entonces 18€ y pico te los deberían descontar, pero esto ya es mucho afinar.
En fin, que independientemente de que tenga la comunidad contratada o no los estéticos creo que por RC deberían darte solución.
Saludos