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Daños estéticos

31 respuestas
Daños estéticos
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#17

Re: Daños estéticos

Buenos días

Aclararte que yo soy tercero frente la comunidad, excepto en la cuota de copropiedad que me corresponda, es decir:

La Comunidad de Propietarios Virgen de la Vega, con CIF H28XXXXXX (si es de Madrid, por ejemplo) es tercero frente a mí, Fulanito de Tal y Cual con NIF 07XXXXXX-P y viceversa.
(Excepto en el porcentaje que yo, Fulanito de Tal y Cual soy propietario, y por tanto, parte de la Comunidad con CIF H28XXXXXX)

Respecto a la casa a nombre de empresa, si la empresa es tuya, efectivamente no eres tercero frente a tí mismo, pero NO PORQUE NO SEAN ENTES JURIDICOS DISTINTOS la empresa frente al particular, sino porque eres ADMINISTRADOR UNICO de dicha empresa y, por tanto, propietario al 100% de la misma, por lo que no puede considerarse tercero.

Lo que tiene que hacer la comunidad, en este caso el administrador, es reclamar al seguro todos los daños que se le están ocasionando al vecino, alexgonzalez, y no pagar entre todos algo por lo que ya están pagando en su seguro, que se llama RC, no daños estéticos.

#18

Re: Daños estéticos

soy el afectado y administrador a la vez.

#19

Re: Daños estéticos

Vamos por partes que se están diciendo cosas muy poco precisas:

- Cobertura daños estéticos en una comunidad: Cuando exista, se aplicará sobre los elementos comunes del edificio, no sobre los privativos. Si yo tengo en mi hogar asegurados los estéticos e inundo el piso de abajo, toda la reparación irá sobre mi cobertura de rc, la cobertura de daños estéticos solo la puedo usar en mis elementos asegurados.

- Cobertura de rc en un seguro de comunidad: En muchas pólizas (habría que saber la compañía) existe una cláusula en la cobertura de rc por la cuál, en los siniestros de daños por agua, los copropietarios son considerados como terceros. Si en la póliza existe un capital específico de rc para daños por agua es que tiene esa cláusula.

Por último, la reclamación se debe dirigir contra el seguro de comunidad por la cobertura de rc.

#20

Re: Daños estéticos

Kimdeal ya somos 2.

Saludos

#21

Re: Daños estéticos

Si eso está muy bien, y efectivamente en un siniestro, culpa de la comunidad, esta tiene que pagar el 100% del daño y la “estética” es daño, es lo que dice la ley, pero el forero está diciendo que el seguro no quiere reponer ese daño, y los más rápido para él, es dar parte a su seguro, por su cobertura de daños estéticos y que después sea su aseguradora la que se pelee con el seguro de la comunidad o con la comunidad, así no será él el que se enfrente a los vecinos, si no tiene seguro de hogar o no tiene esa cobertura, la pelea la tendrá que hacer solo, y tendrá que terminar con el dictamen del juez, porque si no, nanai.

#22

Re: Daños estéticos

Tendrías razón si no fuera por el pequeño detalle que para poder usar la cobertura de daños estéticos, primero tiene que haber un siniestro de otro tipo que haya sido cubierto por su póliza de hogar que no es el caso.

La cobertura de estéticos nunca puede usarse sola.

#23

Re: Daños estéticos

No, haber a lo mejor no me he explicado: Cuando hablo de la casa hablo un ejemplo:

Un daño por agua PROPIO en la casa, en su PROPIA casa.
Los daños por agua por la cobertura de "daños por agua".
Y los estéticos por "daños estéticos".

Y sí, debe de haber un siniestro cubierto en póliza (agua, humo etc...) PREVIO para que entre en vigor los estéticos:

Ejemplo caso no cubierto:

Se me caen 5 baldosas del baño. Las cambio yo porque no tengo cobertura.
Y ahora, POR ESTETICOS, reclamo el resto de baldosas de baño.
EXCLUIDDDDDOOOOOOO.
Tiene que haber siniestro previo.

Saludos

#24

Re: Daños estéticos

Para eso existe la garantía de daños agua origen de terceros, su aseguradora repara el daño y la estética, ¿no es lo mismo en todas? Al ser exclusivo no tengo la misma información que pueda tener una correduría.