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Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!

43 respuestas
Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!
Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!
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#25

Re: Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!

Vamos por partes Mosalva:

Coje las Condiciones Generales (librito gordo).

Lee en las primeras hojas apartado definiciones, que se dice de CONTENIDO.

Igualmente mira como definen JOYAS Y ALHAJAS.

Si lo pones aqui mejor que mejor.

Y finalmente vas a la garantía de robo y lo vuelves a poner aqui sin dejarte una coma.

Con esto podremos ayudarte.

#26

Re: Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!

Bueno, bueno robo es robo, atraco es atraco y hurto es hurto y esta bien definido por la ley,no creo que el BBVA ni nadie pueda cambiar los conceptos de hurto, robo y atraco

#27

Re: Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!

Por regla general, las joyas hay que declararlas, puede hacerse de dos formas por el valor total de las joyas ( si no exceden el valor que la compañía exige se declare) y si es así pendientes de oro y platino..... 6.000 € y así sucesivamente.Si tienes muchas joyas de valor muy alto deberás declarar las que excedan el valor que la Compañía estipule, u además tendrás que tener CAJA FUERTE, por regla feneral empotrada, o de mas de 200 Kks de peso , con cierre por clave y con llave.

Algunas Compañías te dan en el paquete roibo de joyas FUERA DE CAJA FUERTE y suele ser de 3.000€,pero va especificado en condiciones particulares, no en Condiciones Generales, y además tiene que ser vivienda habitual o primera vivienda.

Si no van en condiciones particulares, yo al menos no conozco ningún condicionado que las incluya como condiciones generales.

Si tienes muchas joyas de aklto valor te recomiendo, las describas y fotografíes para que queden incluidas en el expediente

#28

Re: Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!

Es precisamente en las generales donde se indican los porcentajes sobre el Contenido, que se pueden tener en joyas, siempre que no sean de especial valor.

Pero hay una cosa que no entiendo de las particualres que nos han puesto

"Incluidos 3.010 Euros de daños estéticos a continente, contenido Y JOYAS"

#29

Re: Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!

Si Acrasol efectivamente hay un porcentaje a asegurar dependiendo del valor del mobiliario, eso es distinto.
Suele oscilar entre un 15% y un 20% para contratación directa, y si sobrepasas ese límite, hay que enviarlo al Ramo, para que lo estudien y tarifiquen
Saludos

#30

Re: Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!

Una cosa son los delitos y faltas tipificados por el código penal y otra muy diferente son las garantías que considere una aseguradora en caso de una causa en concreto, de hecho las aseguradoras han creado de la nada el concepto de "expoliación", que como tal no existe en el código penal ni civil.

Partiendo de esa base, es diferente afirmar que "a efectos de garantías y coberturas el robo de los enseres de un vehículo con violencia se considera como hurto" a decir que BBVA está cambiando un concepto que esta definido por ley.

Por cierto, el atraco tampoco aparece como tal en el código penal.

Un saludo

#31

Re: Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!

Pues en ese caso, lo que diga BBVA no tiene valor, ya que no puedes cambiar lo que ya define la Ley como ROBO.

Distinto es que ese robo no lo cubran porque no ha sido con fuerza en las personas que es lo que cubren las polizas de hogar fuera del domicilio.

#32

Re: Seguro contratado con el banco: no están cubiertas las joyas!

RONO: apropiación indebida mediante actos que implican FUERZA O VIOLRNCIA EN LAS COSAS

ATRACO O EXPOLIACION: Es la apropiación indebida mediante actos que implican FUERZA, VILOENCIA O INTIMIDACION EN LAS PERSONAS.

HURTO: apropiación indebida mediante actos QUE NO IMPLICAN FUERZA O VIOLENCIA EN LAS COSAS NI EN LAS PERSONAS