Opinión sobre la resolución de un siniestro en una póliza de responsabilidad civil empresarial
Hola, soy nuevo en este foro y me gustaría conocer vuestra opinión sobre este caso. Soy agente exclusivo de una aseguradora y recientemente un asegurado, empresa cuya actividad es la de instalaciones y montajes eléctricos, fue contratada junto con otras empresas para la construcción de una nave industrial. Hace unas semanas me comunicaron la ocurrencia de un siniestro, ya que durante el ejercicio de su actividad golpearon con una grúa una de las paredes de la nave provocando un desplazamiento de los paneles que la conforman. Evidentemente, la empresa instaladora de los paneles procedió a repararla y el propietario de la nave y contratista le pasó la factura a mi cliente. Nosotros hemos rechazado el siniestro ya que, según las condiciones particulares de la póliza, la rc cruzada no cubre los daños materiales causados al propietario, promotor, contratista del asegurado o subcontratistas de este. El asegurado no está de acuerdo y argumenta que en su anterior aseguradora, Allianz, si le daban cobertura a este tipo de siniestros. Yo he conseguido una copia de esta póliza de Allianz y también dice lo siguiente respecto a las obligaciones no aseguradas: Bienes de cualquier género que sean objeto directo del trabajo del asegurado, bien para su custodia, manipulación, transformación, elaboración, reparación, instalación, transporte o cualquier otra manifestación de la actividad empresarial. Lo he consultado con varios colegas de otras aseguradoras y existe alguna disparidad de opinión al respecto. Me gustaría conocer otras opiniones. Perdón si me he extendido demasiado. Es la primera vez que me uno a un foro.