Sin embargo, el problema del conductor ocasional no está resuelto con el apartado anterior. Si los padres no quieren pagar el precio que supone asegurar a sus hijos como conductores habituales, porque no lo van a ser, y resulta cierto que el riesgo de que tengan un accidente es muy bajo, pueden recurrir a la figura del conductor ocasional.
Como las compañías desconfían de esta figura, aplican un recargo, que puede ser menor que si se declara al hijo conductor habitual, pero en cualquier caso un recargo importante (entre el 30 y el 50 por ciento de la prima sin bonificación). Por tanto, los padres pueden pagar su póliza bonificada, pero su precio será incrementado hasta en un 50% del precio de la tarifa normal, lo quede suponer de hecho multiplicar casi por dos el precio de la póliza..
Además, en el caso de que el conductor “ocasional” tenga un siniestro (de cualquier tipo, como rotura de lunas), es posible que esté previsto que se aplique una franquicia que puede obligar a desembolsar entre 200 y 500 euros, según la compañía, pero ATENCIÓN: por cualquier tipo de siniestro.
Sin embargo, hay conductores que se han negado a pagar esta franquicia y han recurrido esta obligación por vía judicial. Los jueces les han dado la razón en todos los casos.
Si bien es cierto que la exposición al riesgo se incrementa con el conductor ocasional, las compañías aprovechan la coyuntura para barrer para casa. Porque:
Como la exposición al riesgo de este conductor es “ocasional” no se tiene en cuenta su falta de siniestros para otorgarle ningún tipo de bonificación (tiene pocas oportunidades de tener siniestros)