Que tengo contratado un SEGURO DE HOGAR (Póliza 043120526386), en la Compañía de Seguros Pelayo, en la cual supuestamente tengo contratadas todas las coberturas de dicha póliza como pueden ser: continente, contenido, robo, incendio, daños vandálicos, asistencia jurídica, etc.
Dicha vivienda decidí alquilarla, siendo ello un error ya que los inquilinos no me pagaron el alquiler durante ocho meses debiéndome 2.640 euros, me generaron una deuda de luz a mi nombre de 819,31 euros y una deuda de agua de 1.485 Euros.
- Por todo ello decido demandar por desahucio a los inquilinos judicialmente mediante abogado y procurador, con fecha 10-04-2018, en el Juzgado de Primera Instancia N.1 de Ferrol.
1o Solicito asistencia Jurídica mediante mi Agente de Pelayo de Abogado y Procurador, a lo cual me participa QUE NO ME LO CUBREN, por tratarse de un desahucio (en mi póliza yo tengo contratado esa cobertura y en ningún lado consta esa exclusión).
- Con fecha 07-07-2018, la Compañía Fenosa, corta la luz por impago, denunciándome a mí el inquilino por el corte de la luz en el piso, al ser yo el titular del piso y del contrato, mediante denuncia num.465/2018 el Juzgado de Instrucción Número Tres de Ferrol. Con lo cual contrato Abogado.
2o Solicito asistencia Jurídica mediante mi Agente de Pelayo de Abogado y Procurador, a lo cual me participa QUE NO ME LO CUBREN, por tratarse de un inquilino (en mi póliza yo tengo contratado esa cobertura y el motivo de la denuncia viene del piso que tengo asegurado con lo cual la asistencia). Tras celebrarse el Juicio con fecha 17-09-2018, mediante Sentencia: 465/2018 del Juzgado de Instrucción N.3 de Ferrol, salgo ABSUELTO.
- Con fecha 04-09-2018, tras un juicio mediante una Decreto Judicial No.00316/2018 del Juzgado de Primera Instancia de Ferrol N.1,se ordena el desahucio del piso con fecha 24-09-2018 a las 10:45 horas, comunicándome el Juzgado que debo ir acompañado de un cerrajero para abrir la puerta.
3o Solicito un cerrajero mediante mi Agente de Pelayo de Abogado y Procurador, a lo cual me participa QUE NO ME LO CUBREN, por tratarse de un desahucio (en mi póliza yo tengo contratado esa cobertura y en ningún lado consta esa exclusión).
- Tras entrar en el piso con personal del Juzgado, se observa el piso numerosos daños en el piso, de los cuales el Juzgado levanta Acta. Por todo ello, doy parte a mi seguro de los daños(rotura muebles, robo manillas, robo tv, rotura de loza baño, quemada vitro-cerámica y horno, etc.), la compañía abre un parte y me remite un Perito para la valoración de los daños, yo acompaño al Perito y le facilito
todo lo que está en mis manos(contrato de arrendamiento, fotos del inmueble, decreto de desahucio del Juzgado, identidad de los inquilinos, ósea todo).
También me mandan otro perito de una empresa para reparación del piso, a la cual le facilito todo igualmente.
4o Cual es mi sorpresa, que la compañía mediante mi Agente, me contesta que NO SE HACEN CARGO DE LOS DAÑOS VANDALICOS, por tratarse de inquilinos (está claro que los daños vandálicos en el piso solo los puede producir un inquilino o titular de vivienda, ya que si entran a la fuerza en piso ya sería un robo en toda regla).
- Entonces hablo con mi Agente y Solicito el Informe del Perito de la Compañía para presentar en el Juzgado y así reclamar los Daños.
5o Cual es mi sorpresa, que me comunica que LA COMPAÑÍA NO ME FACILITA EL INFORME PERICIAL, por considerarlo interno. ( Ese informe es de una vivienda de mi propiedad, la cual yo tengo asegurada mediante seguro de Hogar, motivo por el cual se crea dicho informe, con lo cual lo lógico y normal es que me lo faciliten, para yo asi poder gestionar las reclamaciones que considere oportunas).
- Le comunico a mi Agente, que si no se hacen cargo de los daños vandálicos, que entonces que reclame lo que comúnmente cubre el seguro, ósea daños de loza de baño, quemado vitro-cerámica y horno, etc.
6o A lo cual me participa que NO SE HACEN CARGO DE LOS DAÑOS, AUNQUE LOS TENGA EN LA COBERTURA, al realizarlos un inquilino.( yo tengo contratadas unas coberturas de daños y roturas, y me las debe cubrir el seguro, independientemente que lo rompa yo, mi inquilino o quien sea).
De todos los datos que les relato, tengo la documentación necesaria para la verificación de mis palabras, por ello si fuera necesario les remitiría cualquier documentación que necesitasen.
Tras una serie de acontecimientos he resuelto que la COMPAÑÍA DE SEGUROS PELAYO, INTENTA EVADIR A TODA COSTA CUALQUIER PAGO QUE CORRESPONDA AL ASEGURADO Y CUALQUIER RESPONSABILIDAD, Y QUE EN VEZ DE APOYAR A SU ASEGURADO Y SENTIRSE CUBIERTO Y ARROPADO POR SU COMPAÑÍA, MAS BIEN EL ASEGURADO PARA LA COMPAÑÍA ES UN ENEMIGO, YO SIEMPRE PENSE QUE UN SEGURO DE HOGAR ERA TODO LO CONTRARIO, Y ASI LO PONEN PARA HACER CAMPAÑA, PERO A LA HORA DE LA VERDAD, DICHO SEGURO NO VALE PARA NADA, EVADEN TODO TIPO DE PAGO Y RESPONSABILIDAD Y TRATAN A SU ASEGURADO COMO UN ENEMIGO.
Les participo mi descontento con la Compañía Pelayo, la cual considero que no cumple con sus Asegurados, participándoles, que dicha reclamación, la remitiré a la Compañía Pelayo a todos los niveles, para que no quepa la menor duda de la comunicación, defensor del asegurado, asimismo la publicare en las redes sociales que
tenga a mi alcance, e incluso medios de comunicación, ya que se trata de una experiencia personal desagradable, de la cual los asegurados y ciudadanos deben tener conocimiento, siempre con la veracidad de los hechos.
Por todo ello;
S O L I C I T O:
Que se dé por presentada dicha RECLAMACION EN CONTRA DE LA COMPAÑÍA PELAYO, POR INCUMPLIMIENTO DE GARANTIAS DEL SEGURO DE HOGAR, al objeto de que se hagan cargo de las coberturas que me corresponden, apoyándome y dejando de una vez por todas de eludir pagos y responsabilidades.
Ferrol, a 18 de octubre de 2018
Fdo. Manuel Asegurado de Pelayo).