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Indemnización por siniestro total del vehículo

29 respuestas
Indemnización por siniestro total del vehículo
Indemnización por siniestro total del vehículo
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#1

Indemnización por siniestro total del vehículo

He recibido oferta de 800 €, (ampliada despues a 1000€) de una compañia de seguros valorando mi vehículo, Volkswagen Golf 1.6 D,(antiguedad 12/1991) como siniestro total.
Me indican que el valor venal es de, 650 euros, y por valor afectivo me pagan 800 euros, que han ampiado tras mi queja a 1000 euros. La reparación del vehículo superaría los 3000 euros probablemente. Yo me conformaría con 2000 euros de indemnización, pero desconozco si tendría posibilidades reales de obtener dicha cuantía, sin reparar el vehículo, ante los tribunales. Ni sé que documentación aportar para solicitar dicha indemnización.
Alguien podría orientarme en este punto.
Muchas gracias por anticipado.

#2

Re: Indemnización por siniestro total del vehículo

Pues que hayas conseguido pasr de 650 a 1000 por las buenas ya es un logro. No hay seguridad en el punto de obtener un mejor resultado judicialmente, hay sentencias contradictorias, en algunos casos se ha dado el importe de la reparacion (presentando factura de la misma) y en otras se ha estimado una desproporcion entre el valor de la reparacion y el valor real y se ha fallado a favor de la aseguradora. Si en el mercado de segunda mano pueden encontrarse vehiculos similares al que tenias por el importe que te ofrecen... pues la aseguradora se basaria en ello para justificar su oferta. Date cuenta de que hablamos de un vehiculo de 18 años. Yo considero justo el trato que te ofrecen. Saludos.

#3

Re: Indemnización por siniestro total del vehículo

No soy experto, no obstante te cuento la experiencia de un íntimo amigo mío, aún cuando de esto hace muchos años (más de 10).

Este amigo tuvo un siniestro total y la compañía contraria (él solo estaba asegurado a terceros) le ofreció creo recordar 150.000 ptas., (ya ves que esto no es de ahora, es de antes del 2002, por el precio y por las pesetas) por la coña del valor venal, después de negociar le ofrecieron 175.000 (unos 1.050 €) y a partir de allí se cerraron en banda, el tío se fue a todos los concesionarios de la localidad y consiguió varios presupuestos por vehículos de similares características y matricula de semestre parecido, pongamos por ejemplo que él tenia un Peugeot 205, y se agenció un presupuesto de un Ford Fiesta, un Opel Corsa, etc…., y al final adquirió pagando de su bolsillo, por no aceptar la indemnización un vehículo de características similares y matricula también de fecha asimilable, con un precio creo recordar de 300.000 ptas. (1.800 €), con todo se fue al juez en contra la opinión de su asegurador, no sabemos que hubiese decidido el ilustre juez, pero el caso es que en el mismo día del juicio se presentó la compañía con un cheque de 300.000 ptas., solicitando la anulación del juicio.

En fin no sé si esto vale, cual hubiera sido la decisión de su señoría, o si suena a película, pero no es un caso que me han contado, conozco personalmente al demandante, seguimos con una relación de amistad que nos viene de la época escolar, y es un tozudo como yo, a veces nos importa más tener razón que el dinero en si, y en ocasiones cometemos errores por pretender la razón a toda costa.

A ver si AsesorMUTUA o Avante, que en esto son especialistas y se meten en este foro, y dicen otra cosa, seguro que su opinión será más cualificada.

#4

Re: Indemnización por siniestro total del vehículo

UNA PREGUNTA, TU MEDIADOR DE SEGUROS,¿TE HA ASESORADO AL RESPECTO?
Me gustaría me contestaras.
Te remito a estas líneas, obtenidas de una resolución la Dirección General de Seguros. Espero que te ayude:
Los terceros que resultan perjudicados en un accidente en el que no concurre su culpa tienen derecho a ser indemnizados en su totalidad, por aplicación del artículo 1.902 del Código Civil, según el cual “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daños causado”.

Dentro de este resarcimiento se incluye la reparación del vehículo restituyéndolo a su estado anterior a la producción del siniestro y además la indemnización de los perjuicios derivados de la imposibilidad de utilizar el vehículo durante un período de tiempo, salvo en el caso de que se probara que el vehículo no se usaba en el momento anterior al siniestro.

Ante esta obligación de reparación algunas entidades aseguradoras expresan su oposición en aplicación del artículo 26 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, ya que la citada reparación supone un enriquecimiento injusto para el perjudicado cuando el importe de la reparación es superior al valor en venta del vehículo en el momento anterior a la producción del siniestro.

El problema surge cuando hay una diferencia notable, y a veces desproporcionada, entre el coste de la reparación y el valor venal del vehículo. En estos casos efectuar la reparación podría, en determinados supuestos, provocar un enriquecimiento injusto, toda vez que el mercado de piezas usadas es escaso, con lo que al tener que ser el vehículo reparado con piezas nuevas o menos usadas tendrían un coste superior al valor que tenían las piezas con anterioridad al siniestro. Es en estas situaciones donde se producen la mayoría de los desacuerdos con las aseguradoras.

Sin embargo, tampoco resulta equitativo argumentar que se resarce al perjudicado con el valor venal del vehículo, ya que, en este caso, no se tiene en cuenta la utilidad que proporcionaba el bien dañado, ya que el valor de uso del vehículo para el perjudicado puede ser muy superior al valor de mercado.

Con estas consideraciones y al objeto de dar cumplimiento al principio del resarcimiento integral de los daños que, salvo circunstancias especiales, debe prevalecer conforme al artículo 1.902 del Código Civil, puede considerarse que, en los supuestos en que quede acreditada por la entidad aseguradora la mencionada diferencia, sería adecuada la integración de los dos razonamientos anteriores, aumentando el valor venal en una determinada proporción establecida caso a caso, con el fin de incorporar la valoración de los elementos que integran el valor de uso en el sentido de la utilidad que proporcionaba el vehículo dañado.

(Fuente: Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones)

#5

Re: Indemnización por siniestro total del vehículo

Bueno hay que considerar unos cuantos factores :
Supongo que el culpable es la compañia contraria y que solo lo tienes a terceros.
Ver tu poliza algunas incluyen una clausula que viene a decir que si el siniestro es declarado siniestro total el asegurado acepta la imdenizacion a valor venal si la reparacion cuesta mas y ademas por culpa de los convenios entre compañias la que paga es la tuya con lo cual lo tienes muy crudo porque se niegan a demandar judicialmente pidiendo mas dinero o que reparen el coche.
Si tu poliza no tiene esta clausula tu puedes exigir a tu compañia y que demande judicialmente a la contraria para que se hagan cargo del costo de la reparacion o que te paguen un coche similiar al accidentado

#6

Re: Indemnización por siniestro total del vehículo

El problema, en casos parecidos al tuyo, es que hay resultados para todos los gustos. Analizando un poquito el asunto está claro que:
- si acudes a un vendedor de usado particular, este lo comercializa sin garantía (salvo vicios ocultos) por lo cual con los 1000 € y dependiendo de marca y modelo tal vez puedes encontrar en el mercado algo parecido a lo que tenías. Esta sería la via más razonable dado que hablamos de un vehículo que hace ocho años que alcanzó su valor residual y siempre que haya pasado ITV anual.
- si acudes a un compra-venta profesional está obligado a darte dos años de garantía que se pueden reducir, mediante pacto, a uno. En esas condiciones evidentemente el mismo coche anterior no puede costar 1000€. Pero también es cierto que supondría un "enriquecimiento injusto" puesto que esa garantía no la tenías sobre tu anterior coche: una junta de culata iba a tu cargo y con garantía iría a cargo del compraventista ¿comprendes?
- en los juzgados se indemnizan las pérdidas efectivamente soportadas, esto es, justificadas mediante facturas. Que te presentes al juzgado solo con un presupuesto es un buen sistema para salir mal parado. Yo, como corredor no te recomendaría gastarte 3.000 € en la reparación de tu coche. Entre otras cosas, porque no los vale pero, fundamentalmente porque cuando empiezas a reparar un coche de esa edad nunca sabes exactamente donde parar. Al final, un coche es como una persona y de nada sirve tener la piel tersa y juvenil si tienes el corazón, el hígado y la vista de un anciano de 90 años.
- El juez puede estimar tus pretensiones o lo contrario. Es jugársela a una carta. Además, el asegurador te dirá que solo te paga el abogado (hasta el límite pactado en póliza) solo si ganas. Así que si pierdes te toca pagar sus servicios y los del procurador.

En otras condiciones te animaría a reclamar. En este caso debo recordarte lo que dijo Voltaire, que se había arruinado dos veces: una por perder un juicio y otra por ganarlo.
Espero haberte sido de ayuda.

#7

Re: Indemnización por siniestro total del vehículo

Para Bybongo1999 :
Gracias por la información. Te confirmo que mi mediador ha sido quién ha tratado con la cia contraria, pudiendo elevar algo la oferta incial.

#8

Re: Indemnización por siniestro total del vehículo

Gracias a todos por vuestras respuestas, me habeís ayudado mucho.
Saludos.