Re: Plazo cancelación seguro actual
Entiendo que podrían hacer ya el cambio en la nueva producción y renovaciones ya firmadas, total para el año, a estas alturas si o si, ya será un mes de preaviso.
Saludos
Entiendo que podrían hacer ya el cambio en la nueva producción y renovaciones ya firmadas, total para el año, a estas alturas si o si, ya será un mes de preaviso.
Saludos
¿Y no se supone que las aseguradoras deben avisar también con 2 meses de antelación a sus clientes de la renovación del seguro y de la cuota a pagar? Xq muchos clientes se enteran de la renovación del seguro cuando ven que se lo han cobrado de la cuenta corriente. Y en cuanto a lo de darse de baja de un seguro con carta, copia firmada o lo que sea, me parece un caso igual que la darse de baja de la compañía de teléfonos.
Si para contratar el seguro sólo he firmado un papel, o lo he contratado vía online, para darme de baja debería ser igual de sencillo. Hay que cambiar la ley, pero si quiero darme de baja de un seguro cumpliendo con los 2 meses de antelación, con envíar una carta dando la información de la póliza y la mía personal, debe ser más que suficiente.
Mezclas dos conceptos, uno la renovación de una póliza contratada con un vencimiento anual y otra la solicitud de no renovación y anulación de una póliza contratada, son dos cosas distintas.
La LCS especifica la obligación de informar para la compañía cuando la prima de renovación no se ajuste a las condiciones pactadas (y reguladas) en el contrato. Los mecanismos de revisión no suelen venir especificados, pero estar, están. Así que míralo bien cuando contrates el seguro, y si es necesario, pregunta por ellos. Pero una cosa no quita con la otra, preavisar con dos meses (a partir del año que viene uno) antes de la fecha de vencimiento. Tú cumple tu parte y no te quejes de los demás, que el contrato obliga tanto al tomador como a la compañía. Saludos,
Mi querido y apreciado delabotaempinar, si cada vez que los departamentos jurídicos de las aseguradoras son tocapelotas, en este y el resto de los temas, los clientes y los mediadores de estos (entiéndase los corredores), no hacen nada mas que estar de acuerdo, estoy convencida de que no existirán los pleitos, pues cuando no se esta de acuerdo, es cuando ocurren las divergencias que terminan con una decisión de sres/as de negro (el negro el el mas habitual).
Querido, insisto, como argumento lo que dicen las aseguradoras, como que no.
Pero como argumento lo que dice la Ley, casi que si.
Y en cuanto al tiempo que tienen las aseguradoras para adaptar sus contratos, a mi entender, se refiere al tiempo que tienen para adaptar los modelos, cc generales, particulares, etc,, pero no por ello cambia el derecho de los consumidores, no queridos, para nada, simplemente, que si trascurrido el plazo no lo hacen, tendrán su correspondiente colleja económica.
Entiendo que se pueda opinar de cualquier articulo de cualquier ley, entiendo asimismo que se pueda estar o no de acuerdo, pero argumentar lo que dicen las aseguradoras, delabo, piénsatelo....
y como digo siempre leer, es muy sano.
Un abrazo
Sin ninguna duda. Pero conociendo como conozco al departamento legal de mi compañía y lo que les gusta leer y debatir (nótese la fina ironía)... :D
Una pregunta,
Si mi compañia de seguro de auto (en este caso es Línea Directa) me avisa del aumento de la póliza con 15 días de antelación a la renovación... ¿Estoy en mi derecho de cancelar dicha renovación y buscarme otra compañía?
No sé qué parte no se entiende del Art. 22º, dos meses (hasta el año que viene), salvo que puedas demostrar que el incremento de primas obedece a razones no previstas en el contrato. Ganas de liar la madeja.
Desde luego ninguna madeja quiero liar ni desliar.
Era una simple pregunta ya que, para mí es importante saber el aumento o disminución de la prima para decidir si quiero o no quiero continuar. De hecho el seguro no se renueva hasta el 1 de febrero próximo.
En otros seguros que tengo con otras compañías siempre me avisan con algo más de dos meses de la nueva prima, con lo cual aún tengo tiempo de decidir si quiero o no quiero continuar con esas nuevas condiciones (para mí un aumento de prima es una variación de las condiciones que tenía firmadas)
Por tanto, no son ganas de liar madeja alguna, es simplemente hacer una consulta en este foro en el cual, por otra parte normalmente suele haber mucha gente versada en el tema y/o terminología usada en los distintos sectores que resuelve dudas de otra mucha gente menos versada en dichos temas y/o terminología.
El tema es sencillo, el 29 de noviembre les mandas un escrito donde no autorizas la renovación de la póliza hasta no conocer la prima de renovación y dar tu autorización, y si no, ejerces tu derecho conforme a lo estipulado en el Artículo 22 de la LCS.
Fácil, barato y para toda la familia.
Pocas compañías y ramos pueden calcular la prima con tanta antelación, y a menudo si lo hacen es porque también les obliga (de nuevo nos referimos a los mecanismos previstos en el contrato).
Liar la madeja, lo digo porque cada dos por tres (más bien cada tres por dos) alguien viene de hinjeniero de barra de bar diciendo que si te suben un céntimo devuelves el recibo y pim pam pum, y están los artículos 1 y 2 de la LCS para aclararlo.
Saludos,
Para avisar de la no renovación de de la póliza, ¿no es suficiente enviando un email -con 2 meses de antelación al vencimiento- al departamento de atención al cliente de la compañía, con los datos y firma del tomador?
¿La compañía de seguros podría alegar que no se le ha notificado?
Seguramente lo reciban pero lo mejor no es enviarlo al DAC, sino a tu mediador. Pero un email no es un documento con tu rúbrica (y mejor aún con copia del dni), mejor asegúrate. Saludos,
si no te quieres pillar los dedos lo mejor es una carta certificada a la dirección que tiene la compañía ( que aparece en las pólizas) por correo certificado con fotocopia DNI del tomador del seguro y así te evitas problemas y si tienes suerte hasta te llama la central o te envia carta y te mejora el precio ( a mi me paso con varios clientes )
Hola a todos,
He visto este tema y todos vuestros comentarios, pero en resumidas cuentas, qué es lo que explicáis, que a partir del 1 de enero de 2015 una se podrá dar de baja de su póliza de seguro avisado un mes antes en lugar de dos que son los que hay ahora?
Gracias de antemano,
Salu2.
Correcto, pero a partir del 1 de enero de 2016.