Yo creo que es recomendable tener un seguro de vida para estas contingencias, ahora bien nadie dice que haya que tenerlo en el mismo banco o caja con el que tienes el préstamo.
En cuanto a lo que dice Jaloke, yo no creo que le puedan subir el interés, habría que leerse el contrato si pone algo de esto, pero creo que lo normal es que no ponga nada al respecto, otra cosa es que si no haces el seguro puede que no te den el préstamo, pero una vez en tu poder el préstamo si es año a año no habrá en mi opinión problema para cancelarlo, siempre y cuando uno haga la carta de cancelación como mínimo 2 meses antes de la renovación (no valen 59 días), pero si valen pongamos 3 meses antes.
Con todo y aparte de si se tiene obligación o no, recomendable tener asegurada la contingencia si que lo es, porque si uno fallece, aparte de la pena a la familia ¿les dejamos el pollo para pagar? ……