Defensa Jurídica de Mapfre
Hola !
Tenemos un problema con un vecino por daños continuados a la salud y materiales, desde el 2015.
Se han intentado todas las vias extrajudiciales para que cesaran los daños, pero ninguna les ha hecho cambiar la actitud por lo que nos vemos obligados y aconsejados, por la Policia Local, el Ayuntamiento y el Defensor del Pueblo, a la via judicial.
Tenemos la póliza de Mapfre desde el 2012, que cubre 3.010€ en defensa jurídica.
Leyendo las condiciones generales, entiendo que este capital es el que cubriría los costes de abogado. Lo que supere, lo pago yo. Es así?
Podría ampliar esa cobertura y, al mes aproximadamente, iniciar el proceso cubiendome la totalidad pues el daño es continuado? O bien solo me cubriria la iniical de 3.010€?
Gracias !
P.D.
El condicionado general al respecto:
ARTÍCULO 13. GARANTÍAS Y PRESTACIONES
Se garantiza, hasta el límite pactado en las Condiciones Particulares de la póliza, el pago de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención, como parte en el procedimiento en nombre propio o de cualquiera que ostente la condición de asegurado en la presente póliza, en un procedimiento judicial, administrativo o arbitral, de los previstos expresamente en este artículo, o la prestación de los servicios necesarios de asistencia jurídica, judicial y extrajudicial, derivados de la cobertura del seguro.
A) LA RECLAMACIÓN DE DAÑOS POR CULPA O NEGLIGENCIA EXTRACONTRACTUAL Se garantiza la reclamación de daños y perjuicios sufridos por el Asegurado, siempre que aquellos se deriven de culpa o negligencia extracontractual del causante.
Como tal, se entenderán incluidos en la cobertura los gastos derivados de procedimientos en los que intervenga el Asegurado como perjudicado para reclamar daños causados por un tercero por culpa o negligencia cuando no existe entre ellos relación contractual alguna, sin perjuicio de los procedimientos no amparados que expresamente se establecen en las presentes Condiciones Generales.