Los que tengan póliza en esta entidad aseguradora, sólo les quedan 15 días de seguro. BOE de hoy:
III. Otras disposiciones
Ministerio de Economía y Hacienda
Resolución de 13 de abril de 2010, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se acuerda el vencimiento anticipado de los contratos de seguro que integren la cartera de la entidad Seguros Mercurio, S.A.
Rango: Resolución
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOE-A-2010-6018
Páginas: 33501 a 33501 – 1 pág.
Contenido, oficial y auténtico, de la disposición:
PDF de la disposición
Nota: El texto que se muestra a continuación se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico oficial y auténtico, firmado electrónicamente y disponible en la dirección http://www.boe.es/diario_boe insertando el código BOE-A-2010-6018 en la casilla de verificación de documentos.
TEXTO
Por Orden EHA/662/2010, de 15 de marzo, se acordó la disolución administrativa de la entidad «Seguros Mercurio, S. A.» y se encomendó al Consorcio de Compensación de Seguros la liquidación de la precitada entidad.
Teniendo en cuenta lo anterior, y que el Consorcio de Compensación de Seguros no ha encontrado entidad cesionaria en cumplimiento del mandato de esta Dirección General de 17 de marzo de 2010, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2.d) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y en el artículo 84 de su Reglamento, y con la finalidad de facilitar la liquidación, esta Dirección General ha acordado:
Determinar que los contratos de seguro que integren la cartera de la entidad «Seguros Mercurio, S. A.» venzan anticipadamente, a los quince días de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la parte dispositiva de la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá el interesado interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante el Sr. Secretario de Estado de Economía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 13 de abril de 2010.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragüés.
http://www.boe.es/diario_boe /txt.php?id=BOE-A-2010-6018
Saludos.