Pues sinceramente a mi ahi aspectos que no me cuadran
a.- Sufres el robo/hurto y en un estado de ansiedad (que puedo entender) pones una denuncia donde no se describe de forma clara la forma de ocurrencia del mismo (por lo que se ve el agente lo describe como un hurto, segun tus manifestaciones y firmas dicha denucncia de como ocurrio)
b.- Imagino que ese mismo dia o al dia siguiente llevarias el parte a tu agente (sigamos imaginando que mantenias un cuadro de ansiedad), el que no creo que lo tuviera seria tu agente y por tanto se me ocurren dos aspectos.
b1.- No leyo la denuncia y que obviamente no coincidiria con tu version (a no ser que contaras lo mismo que al policia)
b2.- La leyo y no distingue entre lo que es una expoliacion y un hurto
c.- Cuanto menos me resulta "extraño"que en tu estado de ansiedad ( y sin nigun motivo)te leas de nuevo la denuncia ( ami no me gustaria recordarlo) y es cuando efectuas la ampliacion.
d.- Siguiendo con las casualidades recibes la comunicacion de NO cobertura de la cia y hace nada que has realizado la "aclaracion" a tu denuncia.
Sinceramente y en base a mi experiencia la policia NO se suele equivocar al detallar las circustancias de un delito, dicho esto, tanto la LCS como la normativa actual de las entidades aseguradoras te permiten pelear por esa indemnizacion que reclamas (la cual desconozco).
Un saludo