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Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación

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Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación
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Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación
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#1

Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación

Quiero cambiar el seguro de hogar a otra compañía. Pero mi compañía actual (una caja de ahorros) me dice que no es posible porque hay que avisar con dos meses de antelación y a mi me falta un mes para la renovación automática ¿esto es legal? ¿qué ocurre si doy orden de no pagarlos?
Muchas gracias y saludos.

#2

Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación

Estimado Ciclopentano,

En la ley 50/1980 de Contrato de Seguro encontramos el artículo 22. Dice:
"La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecer que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez.
Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso.
Lo dispuesto en los párrafos precedentes no será de aplicación en cuanto sea incompatible con la regulación del seguro sobre la vida."

Por tanto es legal lo que te dicen e ilegal negarse a pagar.

A partir de ahí:
- si no te han informado de subida deben mantenerte la misma prima que pagaste el año anterior. Si tenías pactada subida por IPC solo podrán incrementarte el IPC interanual correspondiente incrementando en la misma proporción las sumas aseguradas.
- si no pagas tienes bastantes números de vertelas en el Juzgado con un monitorio donde pagarás el seguro, tus abogados, los suyos y las costas. Si el Juez sabe lo que hace, no obstante, te librarás si el banco no te hizo firmar todo el clausulado de la póliza, incluyendo el Condicionado General donde se menciona en negrita y resaltada la obligación del art 22 citado (hay que leerse los contratos, por favor).

Esa es la dura realidad.

Consejo: aguantar un año más y buscar con tiempo una solución mejor. Y, por supuesto, preavisar todas las anulaciones de seguros siempre con más de dos meses de margen y con copia sellada de acuse.

Saludos,

#3

Re: Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación

Avante. En estos casos y simplemente por tocar un poco la puñeta a las entidades bancarias, podiramos acogernos al articulo 16 DURACIÓN DEL SEGURO
el cual nos indica bien calaramente, que la anulación de este debera de ser por escrito y con 2 meses de antelación (Como bien nos indicas en ti comentario anterior). ¡ Yo tambien podria acogerme a uno de los apartados el cual se anuncia como FACULTAD DE RESOLUCIÓN DESPUES DEL SINIESTRO. El Tomador del seguro o Asegurado podrán resolver el contrato des`pués de cada siniestro, aunque no haya dado a prestación.
Dicha resolución del contrato se sujetara alas siguientes normas:
A) la parte que tome dicha decisión deber de notificarsela a la otra, por carta certificada cursada dentro del plazo de treinta días, desde la fecha de comunicación del siniestro o de efectuada la prestación.

Un Saludo.

#4

Re: Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación

Copio:

"CONSULTA EFECTUADA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES, A TRAVÉS DEL COLEGIO DE MEDIADORES DE SEGUROS TITULADOS DE GIRONA RELATIVA A:
CLÁUSULA DE RESCISIÓN DE CONTRATO TRAS LA COMUNICACIÓN DE UN SINIESTRO
Respuesta facilitada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Servicio Técnico - Nº Referencia: ST 974/97 En contestación a su escrito de 12 de junio de 1997, por el que solicita se le informe sobre determinadas cuestiones relativas a la cláusula de rescisión del contrato tras siniestro, incluida por determinadas Entidades aseguradoras en los condicionados generales de las pólizas, cúmpleme comunicarle lo siguiente: Que por este Centro directivo se ha requerido a las Entidades con el fin de que suprimieran de los condicionados de sus pólizas la referida cláusula ya que en realidad no es un supuesto de rescisión, pues éstos han de ajustarse a los previstos en la Ley de Contrato de Seguro, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.291.5º del Código Civil y además incumple el requisito de justo equilibrio de las contraprestaciones que para las cláusulas de carácter general exige el artículo 10.1 a) de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y vulnera, por otra parte, la prohibición de cláusulas de carácter lesivo para los asegurados, contenida en el artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro.
Madrid, 30 de junio de 1997
LA INSPECTORA JEFE "

En este documento queda claro que dicha cláusula fue reconvenida por la DGSyFP y las aseguradoras deberían haberla eliminado de sus condicionados. Por tratarse de una cláusula lesiva, muy peligrosa y que se escudaba en la bilateralidad (ambos podían anular pero está claro a quien beneficiaría especialmente ¿no?)

Aparte, el contenido de la cláusula era contractual y no está presente en ningún punto de la Ley de contrato de seguro y, abiertamente, contradice el art 22.

Por tanto siento comentarte que hoy día este argumento ya no es posible esgrimirlo.

Saludos.

#5

Re: Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación

Es que Carlos fíjate "MEDIADORES DE SEGUROS TITULADOS DE GIRONA" la gente natural de Girona (y comarcas) somos muy buena gente, vamos de lo mejorcito del mundo mundial.

#6

Re: Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación

Amigo,
Me parece increible que pierdas el tiempo con estas obviedades ;)
je,je.

#7

Re: Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación

Ciclopentano, una pregunta:

¿Cuándo te ha llegado el aviso de renovación? ¿Qué fecha aparece en la carta? Lo digo por que igual que tú tienes obligación de avisar de la no renovación de tu póliza con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento, la compañía tiene la obligación de hacerte llegar el aviso de renovación en este mismo periodo o antes. Por experiencia te digo que muchas compañías no respetan este plazo, por lo que de haberse incumplido tendrías la oportunidad de anular (si no es tan sencillo para una compañía como enviar los avisos de renovación quince días antes de ésta, y si el cliente quiere anular indicarle que no sería legal).

¿Qué opinan los "masters"?

Por otro lado, me parece un error no dar la oportunidad de anular a un cliente que no quiere estar en mi compañía. Una cosa es avisar cuando la póliza ya ha renovado, pero un mes me parece moralmente correcto (sobre todo dependiendo de cuando se recibió este aviso de renovación como he comentado). Esto no quita a que la ley es la ley, y está para arbitrar y delimitar, pero a parte de las leyes están las decisiones comerciales. Creo que tu banco ha comentido un error, y acaba de perder un cliente, y más aun, hacer que muchos otros si conocemos el nombre de la entidad desconfiemos de ésta en un futuro si deseamos contratar algo con ellos, aunque en estos momentos creo que hay pocas entidades financieras que nos ofrezcan confianza al menos a nivel de comercialización de seguros, viendo las malas prácticas que están realizando muchas de ellas.

Un saludo

Jorudu

#8

Re: Cambio del seguro de casa, preaviso con dos meses de antelación

No me ha llegado ningún aviso de renovación. Por cierto, la entidad es "la caixa". En cualquier caso, muchas gracias rankianos. No he podido agradecerlo antes porque he estado fuera, espero que recibáis mi mensaje.
Saludos a tod@s.

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