Re: Duda conducción de uso privativo fuera del espacio privativo
Muchas gracias por las respuestas,... de verdad que se agradece.
Veréis, en mi caso, la cláusula de mi seguro dice:
"entendiéndose como conducciones privativas aquellas que sirven exclusivamente a la vivienda y están situadas dentro de sus límites o espacio privativo"
Quizá por mi cabezonería, pero interpreto que la cobertura no es la misma. El uso, evidentemente, es mio; pero no cumple la segunda condición para que a efectos de mi seguro sea privativa, es decir, no está dentro de los límites de mi vivienda.
De acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal vigente en Catalunya, hay dos artículos específicos:
553-41: Son elementos comunes...las instalaciones y los servicios situados paredes afuera de los elementos privativos que se destinen al uso comunitario o a facilitar el uso y disfrute de dichos elementos privativos.
553-33: Sólo se pueden configurar como elementos privativos de un edificio las viviendas, los locales y los espacios físicos que pueden ser objeto de propiedad separada y que tienen independencia funcional porque disponen de acceso propio a la vía pública, sea directo o sea a través de un elemento común de disfrute no restringido.
Es decir,
en función del artículo 553-33, el espacio entre el falso techo y el forjado de mi vecino (donde está mi tubería) no es mi espacio privativo, ya que yo no tengo acceso a él ni desde la vía pública ni desde un espacio común
en función del artículo 553-41, también es COMÚN una instalación de uso o disfrute privativo, si ésta se encuentra paredes afuera de los elementos privativos (ES MI CASO)
Yo lo interpreto así: ni con la ley en la mano se puede argumentar que ese tubo en cuestión es privativo, y tampoco lo es de acuerdo al clausulado de mi seguro.
El seguro de mi vivienda es el mismo q el de la comunidad: es la misma compañía. Y sólo se me ocurre q no lo quieran tratar como comunitario porque de esa forma igual se puedo reclamar también mis posibles daños.
Y el coste no es de 300€ si tenemos en cuenta que para arreglarlo es probable que deban romperme el faldón de la bañera, y no sé vosotros, pero a mi no me gusta tener el baño de 18 tipos de baldosa diferentes. Eso tiene un nombre: DAÑOS ESTÉTICOS.