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Duda sobre cobertura de seguro de hogar de un siniestro sin haberlo notificado en tiempo y forma al seguro
Buenos días. Expongo mi duda al respecto de un tema que me inquieta:
Tengo un piso arrendado, el cual tiene su correspondiente seguro.
Durante el año 2024 se originó una fuga de agua en el sumidero de la ducha, de tal manera que la filtración empezó a notarse en el cuarto de baño del piso de abajo. Se llegó a desplomar parte del techo de escayola y me lo reclamaron, pero hice caso omiso y tampoco notifiqué el problema a mi seguro.
Hoy me llegó un burofax del propietario del piso de abajo (en el que se ha producido el daño) adjuntándome un informe pericial en el que valoran los daños, y reclamándome el quantum de la reparación.
MI DUDA: dado que el siniestro se originó en 2024, podría ahora (en 2025, esto es más de un año después) notificar el siniestro a mi aseguradora para que se responsabilice de la reparación?
Esto lo pregunto porque el plazo general para notificar un siniestro al seguro en España es de 7 días desde que se tiene conocimiento del mismo, según la Ley del Contrato de Seguro.
En la póliza no veo que se amplíe el plazo antedicho de siete días para notificar el siniestro.
Si os preguntáis por qué soy tan necio, es porque en realidad el problema no lo tengo yo, sino mi padre, que es mayor.
Tengo un piso arrendado, el cual tiene su correspondiente seguro.
Durante el año 2024 se originó una fuga de agua en el sumidero de la ducha, de tal manera que la filtración empezó a notarse en el cuarto de baño del piso de abajo. Se llegó a desplomar parte del techo de escayola y me lo reclamaron, pero hice caso omiso y tampoco notifiqué el problema a mi seguro.
Hoy me llegó un burofax del propietario del piso de abajo (en el que se ha producido el daño) adjuntándome un informe pericial en el que valoran los daños, y reclamándome el quantum de la reparación.
MI DUDA: dado que el siniestro se originó en 2024, podría ahora (en 2025, esto es más de un año después) notificar el siniestro a mi aseguradora para que se responsabilice de la reparación?
Esto lo pregunto porque el plazo general para notificar un siniestro al seguro en España es de 7 días desde que se tiene conocimiento del mismo, según la Ley del Contrato de Seguro.
En la póliza no veo que se amplíe el plazo antedicho de siete días para notificar el siniestro.
Si os preguntáis por qué soy tan necio, es porque en realidad el problema no lo tengo yo, sino mi padre, que es mayor.