Estimado Noviembre
Los gastos de asistencia sanitaria son los gastos médico-sanitarios en los que incurre una compañía como consecuencia de unas lesiones del conductor derivados de un accidente de tráfico.
Como bien dices en el ejemplo, si a consecuencia de un accidente no solo quedas hospitalizado, sino que necesitas de un traslado urgente en ambulancia, o traslados posteriores en servicios sanitarios para rehabilitación, o incluso cirugía estética para corregir los posibles defectos que tengas como consecuencia de un accidente, o si tienen que utilizar alguna prótesis para suplantar un miembro amputado... estás incurriendo en un gasto que el centro médico u hospital factura, y además a tu nombre.
¿Qué ocurre? Que tienes cobertura de asistencia sanitaria, y esta factura la abona tu compañía de seguros hasta el límite especificado en póliza. Efectivamente puedes incurrir en una insuficiencia de suma asegurada en el caso de un accidente grave, en el que no fallezcas, pero haya heridas importantes. Yo he tenido la oportunidad de cómo un hospital factura y e aseguro que te cobran hasta las tiritas que utilicen.
Con 6.000 euros de suma asegurada para un accidente grave es insuficiente. La gente no le da importancia a este hecho porque primero desconocen por norma general que los gastos derivados de un accidente son privados aunque te atienda un centro público, y segundo porque con la cada vez más extendida mala costumbre de Juan Palomo, la gente cree que contratar un seguro por internet es lo mismo que contratarlo con un mediador; craso error. Muchas compañías por defecto tienen esta suma asegurada, que si la quieres aumentar tienes que recalcular o pedirlo telefónicamente.
Lo mismo pasa con la cobertura Fallecimiento o Inv.Abs.Perm. para el conductor. Está muy extendido el tener un capital de 12.000 euros en ambos casos en las compañías de seguro online, cuando las tradicionales de los capitales de 24.500 a 30.000 no bajan. Y estas sumas aseguradas se pueden aumentar. Sinceramente las compañías desde luego abaratan mucho los costes puesto que fíjate en caso de incurrir en siniestro (Fallecimiento, Invalidez o Asist. Sanitaria) la diferencia que va de desembolsarse 12.000/6.000/6.000 a, por ejemplo, 30.000/24.500/24.500 ¿Porqué no cobrar un poquito menos de prima?
Espero haberte sido de ayuda.
Un saludo.
Héctor.