Hola, antes nada que nada felicitarte por tu blog y decirte que por él he aterrizado en rankia.
Respecto a tu elección de mediador...la ley distingue entre corredores, agentes de seguros (vinculados o exclusivos) y operadores de bancaseguros (vinculados o exclusivos). ¿con cuál quedarse?.
Una pequeña reflexión. Tanto los agentes como los operadores de bancaseguros son retribuidos por las aseguradores con un porcentaje variable de la prima en concepto de comisión, porcentaje que, por cierto, se sigue abonando cada vez que se renueva tu contrato. Ya sabes entonces que no son independientes.
¿Y los corredores?...pues los corredores también. El debate acerca de cómo percibirían su retribución fue de lo más jugoso. Un corredor puede cobrar del cliente (lo lógico si es un asesor independiente), de la aseguradora (no te enteras de cuánto cobra para ver cuán independiente es) o de ambos, en cuyo caso la aseguradora sí te informa en tu recibo de la parte que se lleva el corredor. Es difícil imaginar oposición corporativa a que se supiera cuánto se cobraba por el servicio de asesoramiento.
La ley prohíbe en la actualidad prácticas usuales hasta ¿hace poco? como el págo de rápeles por produccion, siniestralidad, cargas administrativas, viajes de incentivo, etc, que, puede ser que influyeran en la independencia del corredor que las percibiera. ¿no?
En resumen, como en casi todo no hay excesivas garantías. El mejor consejo, el de siempre, informarse, probar, equivocarse...e intentar contratar productos de las aseguradoras de primera línea.