#46
Re: Subsidio mayor de 52 años y herencias
La obligación de comunicar al SEPE o no dependerá del importe heredado de dichas cuentas, junto con la suma de otras posibles rentas.
Dependiendo de los cálculos, se verá si hay obligación de comunicar o no.
Si por los cálculos que te salgan finalmente genera una situación de suspensión del subsidio en la que tengas que comunicar, hay que aportar al SEPE la escritura del notario, ya que se la van a requerir.
Lo mejor es que lo hagas presencial en oficina.
Dependiendo de los cálculos, se verá si hay obligación de comunicar o no.
Si por los cálculos que te salgan finalmente genera una situación de suspensión del subsidio en la que tengas que comunicar, hay que aportar al SEPE la escritura del notario, ya que se la van a requerir.
Lo mejor es que lo hagas presencial en oficina.