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Cambiar prestación desempleo que ya tenía por prestación por ERTE - Prestación por desempleo - Subsidio

4 respuestas
Cambiar prestación desempleo que ya tenía por prestación por ERTE - Prestación por desempleo - Subsidio
Cambiar prestación desempleo que ya tenía por prestación por ERTE - Prestación por desempleo - Subsidio
#1

Cambiar prestación desempleo que ya tenía por prestación por ERTE - Prestación por desempleo - Subsidio

Buenas tardes. Lo primero muchas gracias por adelantado por toda la ayuda que pueda recibir. Les expongo mi caso:

Soy trabajador FIJO DISCONTINUO en una empresa en la que trabajo por temporadas fijas todos los años. En Noviembre de 2019 cumplí mi contrato y me fui al paro cobrando una prestación de 980€. 
En Febrero de este año volví a incorporarme a la empresa, lo cual detuve mi prestación al estar dado de alta en la empresa, quedandome el derecho a cobrar esa prestación hasta Junio de 2020. 
En Marzo, la empresa, a raiz de la crisis del coronavirus, me manda a la calle con un ERTE, y me arreglan los papeles para cobrar otra prestación en la que solo voy a cobrar 299€ hasta mayo de 2020.

Mi pregunta es, puedo cobrar la prestación que tenia antes (la de 980€) hasta que se me agote o tengo que cobrar obligatoriamente la prestación del ERTE?? En caso de que sí pueda, como tengo que proceder?? 

Muchas gracias y un saludo a todos.
#2

Re: Cambiar prestación desempleo que ya tenía por prestación por ERTE - Prestación por desempleo - Subsidio

No, no puede la prestación por ERTE por fuerza mayor no le da derecho a reanudar otra prestación que tuviera reconocida, esta es una prestación especial por una circunstancia especial.
De todas formas el caso que comenta es muy extraño, si trabajaba el mismo porcentaje de contrato (y por lo tanto las mismas cotizaciones) que otras veces, debería cobrar lo mismo, ya que la base reguladora del ERTE se calcula de acuerdo al artículo 25.3.a) del RDL 8/2020:  "La base reguladora de la prestación será la resultante de computar el promedio de las bases de los últimos 180 días cotizados o, en su defecto, del período de tiempo inferior, inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo, trabajados al amparo de la relación laboral afectada por las circunstancias extraordinarias que han originado directamente la suspensión del contrato o la reducción de la jornada de trabajo".
Por otro lado en el caso de fijos discontinuos el artíuclo 25.6 dice: " Las prestaciones por desempleo percibidas por los trabajadores fijos discontinuos y por aquellos que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en fechas ciertas, que hayan visto suspendidos sus contratos de trabajo como consecuencia del impacto del COVID-19 durante periodos que, en caso de no haber concurrido dicha circunstancia extraordinaria, hubieran sido de actividad, podrán volver a percibirse, con un límite máximo de 90 días, cuando vuelvan a encontrarse en situación legal de desempleo...." 
Pero en este segundo caso se le estaría reanudando la misma prestación que tiene reconocida, sin perjuicio de que pueda recuperar después hasta 90 días.
Lo primero de todo, revise sus nóminas y que la prestación concedida sea el 70% de las cotizaciones a desempleo de los últimos 180 días trabajados, después cerciorese de que la cantidad que menciona corresponde a un mes completo y no a la parte no trabajada del mes de marzo y si sigue sin coincidir, entonces tiene un plazo de 30 días habiles desde que le llegue la resolución para hacer la reclamación (y este plazo, como todos los demás está suspendido mientras dure el estado de alarma).

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Cambiar prestación desempleo que ya tenía por prestación por ERTE - Prestación por desempleo - Subsidio

Los fijos discontinuos y esta situación de ERTEs pueden tener dos casuísticas:

a.- Que la empresa, previo a la formulación del ERTE, los pase a inactividad. En ese caso, los fijos discontinuos recuperan el derecho a prestación que tuviesen vigente. Una vez pasados a inactividad los FD, la empresa promueve un ERTE para el resto de temporales y fijos, y a estos y solo estos, les corresponde la prestación extraordinaria COVID que no consume desempleo. En compensación, los FD, de cara a futuras prestaciones, tienen derecho a recuperar hasta 90 días consumidos de su propia prestación.

b.- Que la empresa formule un ERTE donde meta a todos los trabajadores que en ese momento tiene en activo, temporales, fijos, y fijos discontinuos. Todos van a la prestación extraordinaria COVID, que no consume paro. Tras la reincorporación, y cuando llegue el periodo de inactividad normal y ordinario, los fijos discontinuos tendrán derecho a su prestación de desempleo normal, en los términos en que les pudiese corresponder (reanudar antiguas prestaciones suspendidas, o nueva prestación).

En cualquiera de los dos supuestos lo que NO se puede hacer es optar entre prestación COVID o prestación ordinaria fijo discontinuo. O te corresponde una, o te corresponde otra. 

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Cambiar prestación desempleo que ya tenía por prestación por ERTE - Prestación por desempleo - Subsidio

Muchisimas gracias. Revisaré las nóminas. Pero en teoria debería cobrar más o menos la misma cantidad en ambas prestaciones.

Un saludo.
#5

Re: Cambiar prestación desempleo que ya tenía por prestación por ERTE - Prestación por desempleo - Subsidio

Muchas gracias. En mi caso es la opción B. Gracias por la ayuda.

Un saludo.