Muy buenas Laura! Si la jueza te concede la Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) en el juicio contra el INSS (ojalá), es probable que la revisión de la Incapacidad Permanente Total (IPT) que tienes programada para agosto del próximo año quede anulada o suspendida. La razón es que la IPA es una prestación superior que invalida la revisión de la IPT, ya que implica una incapacidad laboral total y permanente sin posibilidad de mejorar ni realizar ninguna actividad laboral (aunque si se pueda en determinados casos).
En resumen y bajo mi punto de vista, si obtienes la IPA, es probable que no tengas que someterte a la revisión de la IPT programada para agosto del próximo año, ya que esta revisión se centra en evaluar tu capacidad laboral, y la IPA implica que ya "no puedes trabajar en absoluto" debido a tu situación médica permanente. Sin embargo, te recomendaría que consultes esta situación con tu abogado por si acaso. Un abrazo!