Buenas noches haber si alguien puede ayudarme snte esta situación, paso a comentarla:
Con fecha 06 de septiembre tras 18 meses de baja por contingencias comunes la empresa me da de baja en la tesorería General de la seguridad social procediendo a finiquitarme, con fecha 22 de septiembre recibo SMS de alta médica, la cual remito a mi empresa para reincorporarme, diciéndome que hasta que no reciban ellos notificacion no pueden, posteriormente el día 26 recibo el acta de alta siendo remitida igualmente, y se me contesta con la misma qe no pueden readmitir hasta no recibir ellos el acta de alta , la cual según ellos les llega con fecha 30 de septiembre reincorporandome a mi puesto de trabajo con fecha 03 de octubre, y ante esta demora entre el alta y la vuelta a trabajar me han quitado las vacaciones que generaría desde el día 22 de septiembre hasta el 31 de diciembre, ya que la empresa si me pago desde el día de alta.
Pero mi pregunta es si mi empresa tenía obligación de readmitir desde qe le remito el SMS de alta o cuando le mando el acta de alta qe recibí, y no esperar tanto tiempo, puesto qe esto no ha sido por negligencia mía.
Saber si tengo derecho a mis vacaciones o no y donde biene recogido , para así poder hacer un escrito a mi empresa basándome en algo, ya qe desde mi punto de vista ha sido culpa de la empresa
Saber qe artículos o ley recogería la validez del SMS para ls reincorporación y nueva alta en seguridad social por parte de ls empresa.
Gracias s todos y un saludo.