Buenas noches grupo.
Me han concedido de oficio una IPT debido a una patología crónica con sintomatologia que no responde a tratamiento (así lo pone en mi resolución). Yo jamás pensé que me la iban a conceder, es más yo estaba convencida que en la revisión de los 18 meses me iban a dar el alta, pero me sorprendieron mandándome a tribunal, y sólo 6 semanas después me enviaron SMS concediéndola.
Al final de la resolución viene la frase esa de que no se me puede revisar antes del año pero que antes de los dos años se me revisará para presumiblemente darme el alta. Me imagino que es una frase estándar en la mayoría de los casos de oficio, no? O me equivoco. Porque dada mi situación particular no tengo reserva del puesto de trabajo, no vayamos a liarla, jejjeje
No obstante, alguno aquí presente ha sido revisado y ha mantenido la incapacidad?? Hay alguna posibilidad de mantenerla?
Decir que soy de Extremadura, no suelen ser demasiado duros aunque últimamente con eso de que no hay dinero pues..... y que mi situación no logran ni estabilizar clínica con medicación y así está reflejado tanto en los informes como en la resolución.
Estoy pendiente de un tratamiento para tratar de frenar El avance, el cual no recuperará los daños presentes. Me imagino que al final del mismo me revisarán. Alguna posibilidad de mantener la IPT sin tener que denunciar? Opiniones please