Hola Simpabb, me has creado una duda en esa información, dices que si me conceden la IPT, me quitan todas las cotizaciones, pero supongo que será para temas de paro, porque si yo tengo 43 años cotizados y dentro de dos años cumplo los 65 "mi jubilación ordinaria" no perdería mis 43 años trabajados a la hora de calcular el importe de mi pensión?.
El compañer@ A1881 me contesto esto en otro foro :
" en principio con una total seria mas favorable a los 65 años la jubilacion,puesto que esta seria del 100% y los 2 años que le faltan el propio inss le cotizaria lo que llaman lagunas de cotizacion que ahora mismo esta en 1.260€ mensuales,lo que quiere decir que perderia muy poco de su jubilacion y le seria mucho mas rentable que la incapacidad".
Es que claro, si se pierden todos los años, tampoco podría jubilarme a los 65 años, porque no tendría nada cotizado. Por favor aclararmelo un poco, reconozco que me estoy rallando un poco con esto. Muchas gracias y saludos.