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Rentas subsidio mayores 52 años

9 respuestas
Rentas subsidio mayores 52 años
Rentas subsidio mayores 52 años
#1

Rentas subsidio mayores 52 años

Buenas tardes. Mi mujer está cobrando el subsidio para mayores de 52 años, queremos vender dos fondos de inversión uno a su nombre y otro al mío solo (estamos casados en gananciales).  Quería saber si las plusvalías de ambos fondos computan para la renta máxima mensual o solamente computa el suyo. 
Muchas gracias
#2

Re: Rentas subsidio mayores 52 años

La venta de un bien privativo es privativa.
Por lo tanto solo deberían contar el que es de ella.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#3

Re: Rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias. 
#4

Re: Rentas subsidio mayores 52 años

Buenas tardes, si durante el año vende distintos fondos de inversión con plusvalías ¿se diviría cada plusvalía entre 12 meses o entre los meses de una venta y otra?.
Muchas gracias.
#5

Re: Rentas subsidio mayores 52 años

Cada vez que se vendan fondos se divide la ganancia entre 12, no se trata de pagos periódicos que se generen durante x meses sino de pagos únicos cada uno de ellos.
Pero, como digo siempre, mucho cuidado, porque si hay varios pagos únicos durante el año, el SEPE puede considerar que se trata de rentas periódicas y bajar el límite a 750 euros mensuales. No existe ninguna cantidad o ningún número de pagos únicos a partir de los cuales se cambie de criterio.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#6

Re: Rentas subsidio mayores 52 años

Muchas gracias una vez más, franjgr.
#7

Re: Rentas subsidio mayores 52 años

Buenas, yo tengo otra duda referente a las rentas, estoy cobrando el subsidio de 52 años y me ha tocado en un sorteo un móvil Samsung Galaxy valorado en unos 900€ ¿se considera una renta? ¿tengo que declararlo en el SEPE?
Gracias
#8

Re: Rentas subsidio mayores 52 años

Es una renta desde luego, porque se trata de un incremento de patrimonio.
Pero se trata de un pago único, no de una renta mensual, por lo que sólo es causa de suspensión del subsidio si supera los 750x12=9000 euros en un solo mes.
Por lo tanto, si no tiene otros ingresos no es causa de suspensión y por lo tanto no está obligado a comunicarlo al SEPE.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#9

Re: Rentas subsidio mayores 52 años

Hola buenas 
Una pregunta yo estoy cobrando el subsidio por cargas familiares la mitad por haber trabajado media jornada hasta hay bien. Pues mi marido en el mes de abril se paso por 20 euros , cuánto tiempo me quiitan el subsidio o es por rentas anual ?? Ya pedí cita para llevar la nómina de abril así que quería ir más o menos informada muchas gracias .
#10

Re: Rentas subsidio mayores 52 años

Se suspende los meses que supere rentas, si sólo es un mes pues se suspende un mes.
Tendrá que volver con la siguiente nómina para que se lo reanuden 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos