El punto 5 (en tu listado) no tiene sentido, ya que en el 6 aparece el importe de la pensión, o bién el cobro, a mano alzada, de 40 mensualidades del porcentaje correspondiente de tu Base Reguladora, según IP concedida (Total, Absoluta o Gran Invalidez), en la propuesta de resolución.
Este proceso es el que seguí (como habrás visto anteriormente) en Agosto de 2014 para tener concedida la IPT (régimen RETA), sin opción a regresar al puesto de trabajo, ya que era dueño y se me intervino el permiso profesional de conducir por el informe de sanidad a la DGT) y me ví obligado a vender negocio, por no poder pasar revisión metropolitana (permiso BTP NO APTO).
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Etapa 1: Estudio de solicitud, datos y documentos aportados. Comprobación de requisitos previos.
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Etapa 2: Emisión del dictamen médico.
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Etapa 3: Emisión de propuesta de incapacidad laboral por la Comisión de Evaluación de Incapacidades.
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Etapa 4: Estudio de vida laboral y de todas las cotizaciones efectuadas.
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Etapa 5: Estudio final y propuesta de resolución.
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Etapa 6: Revisión y confirmación del expediente.
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Etapa 7: Firma de la resolución
No se a que te refieres en costar dinero, pero yo, en la consecución de este proceso, no tuve que gastar absolutamente nada. Probablente no he entendido bién a que te referías explícitamente.
Un cordial saludo.