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Despido por ERE y futura obligación de pago ingreso de cuotas a la Seguridad Social - Subsidio
Tengo una consulta, si un trabajador mayor de 55 años es despedido a través de un ERE, según el art. 205.1ª del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre esta obligado a pagar las cuotas de la SS cuando alcanza la edad de jubilación anticipada (61-63 años).
Como se compatibiliza esta obligación con el subsidio de mayores de 52 años??
Si con el subsidio, el SEPE cotiza por el trabajador, si le han despedido por un ERE y agota el paro y está obligado a cotizar, lo hace el trabajador o el SEPE??