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Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

18 respuestas
Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas
Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas
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#1

Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

Hola, quiero solicitar el subsidio para mayores de 52 años y tengo una duda de cómo calcular si cumplo el requisito de carencia de rentas. He leído esto en la página del SEPE:


No me que claro como computar mi caso. Estoy casado en gananciales y este es mi patrimonio (vivienda habitual aparte porque no se tiene en cuenta):

- Cartera de valores de 200.000 eur aproximadamente. Unos 6.000 eur al año de dividendos. Yo soy el único titular de la cartera de valores.

- Fondo de inversión de 300.000 eur aproximadamente. Somos titulares mi mujer y yo.

Las cantidades son aproximados porque tanto la cartera, como los dividendos y el fondo, varían.

Tal y como yo interpreto lo que dice el SEPE, como estamos en gananciales, hay que computarlo todo por la mitad. Es decir:

300.000 x 3,25% = 9.750

9750+6000= 15.750

15750/2 = 7.875

7875/12 = 656 

Es decir, sí cumpliría el requisito de ausencia de rentas.

Sin embargo, si me computo el 100% de los dividendos por ser yo el titular:

9750/2 = 4875

4875 + 6000 = 10875

10875/12 = 906

Y no cumpliría el requisito de ausencia de rentas.

¿Cuál opináis que es la interpretación correcta?
#2

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

En mi opinión, ninguna de las dos.
No es correcto el aplicar la mitad a cada cónyuge con los rendimientos presuntos.
Viendo esas cuentas,  no cumples con el requisito de carencia de rentas.

Solo con el rendimiento presunto de las carteras y fondos de inversión (3,25% de 300.000= 9.750/12= 812,50 euros mensual) ya te pasas.



Saludos. 


#3

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

Muchas gracias Angelneu por tu rápida respuesta.

Por lo que comentas, ¿incluso el rendimiento presunto del fondo de inversión, en el que somos titulares los dos, se me imputa por completo a mi?

La verdad es que la frase que señalas es un criterio un poco raro. Si hay rendimientos efectivos se imputan por mitades (independientemente de su titularidad). Si no hay rendimiento efectivo, se calcula rendimiento presunto y no procede la imputación por mitades, ¿incluso aunque seamos titulares los dos?

Tengo un tiempo antes de cumplir los 52 años, así que podría hacer modificaciones. Imagínate que hago lo siguiente:

- 250.000 eur en un fondo de inversión de mi titularidad.

- 250.000 eur en un fondo de inversión de mi mujer.

¿De esta manera cumpliría el requisito de carencia de rentas?

Sería 250.000 x 3,25% = 8.125/12 = 677

Muchas gracias por tu ayuda.
#4

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

Si tienes una cuenta de fondo de inversión con varios titulares,  el SEPE solo te imputará el rendimiento presunto exclusivamente  en tu participación en el mismo (si sois dos, 50%)

Y las instrucciones son claras,  NO procede la imputación por mitad a cada cónyuge de los rendimientos presuntos. 
 Solo se imputan al 50%  cuando hay rendimientos explícitos por la explotación de un bien (ejemplo,  la renta de alquiler de un piso)

Al ejemplo que pones,  ¿tienes otras rentas ? ¿Bienes inmuebles distintos a la vivienda habitual ?
Con 250.000 euros de tu exclusiva titularidad no llegas a los 810 euros y en principio tendrías derecho,  pero tendrías que estar atento mes a mes para en el caso de superarlos,  comunicar la situación al SEPE. 
#5

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

En el primer mensaje que he puesto, el rendimiento de la cartera de valores no es presunto, es efectivo (los 6.000 eur de dividendos). Y en ese caso, al estar en gananciales, se imputan por mitad a cada uno. ¿No? . Según las instrucciones del SEPE eso es así aunque el bien sea “de uno de los cónyuges”.

Y el fondo de inversión de 300.000 eur, es rendimiento presunto pero somos titulares los dos. Así que habría que computar según mi participación (es decir, el 50%).

Gracias por tu interés 
#6

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

En mi opinión, es correcto como dices.
#7

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

Ok, entonces sí cumplo el requisito de carencia de rentas:

6.000/2 = 3.000

300.000 x 3,25% = 9.750/2 = 4.875

4.875 + 3.000 = 7.875/12 = 656

Es el primer caso que he puesto.
#8

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

¿Y la cartera de valores de 200.000 ?
Si no la tiene,  estupendo. 
Pero mientras no haya rendimiento explícito (reparto de dividendos),   le aplicarán el rendimiento presunto todos los meses.
Por eso le decía antes que solo con el fondo y la cartera,  ya supera los límites.
Tendrá que seguir haciendo números.
Saludos.
#9

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

No le entiendo.

La cartera de valores de 200.000 eur es la que tiene unos dividendos de 6.000.

El rendimiento efectivo de la cartera de valores son los 6.000 eur.
#10

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

¿Percibe dividendos todos los meses ? 
#11

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

Sí, todos los meses. Unos meses más y otros menos.

Es una cartera muy diversificada.
#12

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

Pues debes de ir calculando las rentas mes a mes ,  ya no vale lo de dividir los 6.000 entre 12,  ya que eso sería si hubiera pago único de esa cantidad,   y mensualizarla. 

Y con toda probabilidad habrá algún mes que supere rentas y tenga que suspender el subsidio y posteriormente reanudarlo si vuelve a cumplir el requisito. 

Y si un mes no hay dividendos, le aplicarán el presunto. 


#13

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

Ok, veo entonces que lo mejor que puedo hacer en el tiempo que me queda para cumplir los 52 años, es pasar la cartera de valores al fondo de inversión. Así evito complicaciones.

500.000 eur en el fondo de inversión de mi mujer y mio. Me computarían el 50% del rendimiento presunto y no tendría problemas.

Muchas gracias 
#14

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

 Efectivamente, le imputarían el rendimiento presunto solo a usted de 250.000 euros,   con esa fórmula la renta es de  677,08 euros.

Solo tendría que tener cuidado con la suma de otras rentas. 
Saludos. 
#15

Re: Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas

Hola
Creo que @Angelneu te ha dado buena información 
He pensado que una forma de que  no te contabilicen el interés presunto de los fondos de inversión es traspasar a fondos de inversión de distribucion, que repartan dividendos. Tendrías que hacer cuentas porque ignoro el dividendo que proporcionan