#1
Subsidio 52 años. Caso concreto carencia de rentas
Hola, quiero solicitar el subsidio para mayores de 52 años y tengo una duda de cómo calcular si cumplo el requisito de carencia de rentas. He leído esto en la página del SEPE:
No me que claro como computar mi caso. Estoy casado en gananciales y este es mi patrimonio (vivienda habitual aparte porque no se tiene en cuenta):
- Cartera de valores de 200.000 eur aproximadamente. Unos 6.000 eur al año de dividendos. Yo soy el único titular de la cartera de valores.
- Fondo de inversión de 300.000 eur aproximadamente. Somos titulares mi mujer y yo.
Las cantidades son aproximados porque tanto la cartera, como los dividendos y el fondo, varían.
Tal y como yo interpreto lo que dice el SEPE, como estamos en gananciales, hay que computarlo todo por la mitad. Es decir:
300.000 x 3,25% = 9.750
9750+6000= 15.750
15750/2 = 7.875
7875/12 = 656
Es decir, sí cumpliría el requisito de ausencia de rentas.
Sin embargo, si me computo el 100% de los dividendos por ser yo el titular:
9750/2 = 4875
4875 + 6000 = 10875
10875/12 = 906
Y no cumpliría el requisito de ausencia de rentas.
¿Cuál opináis que es la interpretación correcta?
No me que claro como computar mi caso. Estoy casado en gananciales y este es mi patrimonio (vivienda habitual aparte porque no se tiene en cuenta):
- Cartera de valores de 200.000 eur aproximadamente. Unos 6.000 eur al año de dividendos. Yo soy el único titular de la cartera de valores.
- Fondo de inversión de 300.000 eur aproximadamente. Somos titulares mi mujer y yo.
Las cantidades son aproximados porque tanto la cartera, como los dividendos y el fondo, varían.
Tal y como yo interpreto lo que dice el SEPE, como estamos en gananciales, hay que computarlo todo por la mitad. Es decir:
300.000 x 3,25% = 9.750
9750+6000= 15.750
15750/2 = 7.875
7875/12 = 656
Es decir, sí cumpliría el requisito de ausencia de rentas.
Sin embargo, si me computo el 100% de los dividendos por ser yo el titular:
9750/2 = 4875
4875 + 6000 = 10875
10875/12 = 906
Y no cumpliría el requisito de ausencia de rentas.
¿Cuál opináis que es la interpretación correcta?